Por tu tío no, pero si tu padre o madre son Guardias Civiles tú puedes optar a unas plazas reservadas que los que no son hijos de guardias no pueden. Hay gente que se queda fuera de la oposición teniendo más puntos que otros que han ido por plazas reservadas (COL). Es decir, gente con una puntuación más alta en los correspondientes exámenes se van a su casa y otros con menos puntuación en esos mismos exámenes acceden a la Guardia Civil. Es lo que tiene que tu padre sea panadero o albañil.
En el art. 23.2 de la Constitución se recoge el principio de igualdad en el acceso a la función pública.
Me gustaría saber qué opina al respecto el Tribunal Constitucional cuando alguien alegue inconstitucionalidad en que se reserven plazas por el mero hecho de ser hijo de. Una pena que aún nadie lo haya planteado.
Creo que la antiquísima explicación de "premiar en los hijos las virtudes de los padres" se quedaría algo corta para que el Tribunal Constitucional siga permitiéndolo.