Urdune escribió:Buenas noches:
Tengo algunas dudas que os quisiera plantear.
En una manifestación estudiantil hubo un atisbo de encontronazo entre un grupo de jóvenes de tendencia neonazi y un grupo de estudiantes que participaban en dicha manifestación, sin llegar a mayores.
En un momento dado , un par de coches patrullas del CNP llegan al lugar cuando ya los neonazis se han marchado, pasando los agentes a identificar a un grupo de diez o doce estudiantes.
(En el altercado participaron tres neonazis y un número similar de estudiantes ).
Esto ocurrió en octubre de 2014 y a fecha de hoy (febrero de 2015), llega notificación a los doce estudiantes con “propuesta de sanción de 450 euros por participar en una reyerta y retención de los objetos incautados por poder causar grave daño a terceras personas”.
Según testigos durante la identificación uno de los miembros del CNP gritaba a los interpelados de manera ofensiva. Los demás agentes actuaron con total corrección.
Mis dudas son las siguientes:
a) ¿Si participaron tres personas en la “reyerta”, se puede sancionar a todos los identificados?.
b) Los objetos eran banderas con mástiles de plástico. ¿pueden ser peligrosas?.
c) ¿Puede un agente ser verbalmente ofensivo con las personas a las que está identificando?.
e) ¿La propuesta de sanción de 450 euros por parte del CNP puede verse aumentada por el órgano instructor del procedimiento, si se presentan alegaciones o por cualquier otro motivo?.
He de añadir que he trabajado en Comisaría del CNP en el equipo de Documentación administrativa, tramitando DNI y Pasaporte. El Cuerpo Nacional de Policia me merece todos los respetos. Soy hijo de Guardia Civil y siempre he valorado la labor tanto de la Policía como de la Guardia Civil. Por eso soy consciente que aunque haya excepciones con alguna actuación desafortunada, la mayoría de los agentes del CNP actúan para protegernos y hacer valer los derechos de todos.
Muchísimas gracias por vuestra atención!
Saludos!.
a) Si los identificados no participaron en la reyerta y disponen de algún tipo de prueba o justificación que no les relacione con esta, pueden recurrir adjuntado lo deseado si estiman que se les ha propuesto para una sanción injusta por parte de Delegación/Subdelegación del Gobierno.
Si además estuvieron presentes testigos, confrontar versiones con estos también podría arrojar algún tipo de dato o información de aquel día que ayude o permita esclarecer la situación y por consiguiente, el recurso.
b) Las banderas con mástiles de plástico pueden ser muy peligrosas, dependiendo de la calidad del plástico, si este esta afilado, su contundencia, entre otras. Por lo general ese tipo de material suele ser intervenido en muchas ocasiones debido a que el uso que se puede hacer de el podría derivar en lesiones para los agentes o a terceras personas.
Como ya han dicho, la intervención de ese material ha de ser posteriormente fundamentado exponiendo la razón o razones consideradas y la descripción de la situación. Las personas que portan material de ese estilo, no suelen tener muy buenas intenciones.
c) Dependiendo del carácter de la situación, la tensión que pueda existir en el momento...El agente puede utilizar un determinado lenguaje con la intención de interrumpir o hacer cesar el problema o los problemas que puedan crearse. La finalidad de este lenguaje es la de disuadir posibles acciones y ordenar a los allí presentes al cumplimiento de algún norma, jamás podrá ser utilizado como falta de respeto a los ciudadanos.
Si por parte de un agente se vertió la frase "......a quien mire hacia atrás le reviento la cabeza, hijos de p...." estando como usted relata la situación en relativa calma al no existir reyerta alguna en ese momento, había un número mayor de agentes que de estudiantes y estos últimos estaban de cara a la pared sin mostrar signos de rebeldía, desobediencia y amenaza para los agentes; el carácter y riesgo que ese momento desentrañaba la situación no podría ser condición para la utilización de ese tipo de lenguaje por parte del agente. Si la indignación por su parte además fue compartida por el resto de vecinos y testigos que allí se encontraban, quizás pudieron ser incorrectas y reprochables sus palabras e incluso sancionables para el agente si se dispone de alguna prueba que permita la aplicación sobre su persona del artículo mencionado (LRDGC,en su Artº.- 8.6.-Falta Grave)
d) La propuesta de sanción la realiza Subdelegación/Delegación del Gobierno ateniéndose a la declaración o declaraciones expuestas por los agentes. Si se presentase recurso, la sanción podría ser rebajada o incluso anulada. Existe la posibilidad de que aumente la sanción si la administración recaba y encuentra nueva información de lo sucedido aquel día que pueda ser sancionable. Por presentar alegaciones, la propuesta de sanción no aumentaría su cuantía.
Teniendo en cuenta que su relato es una parte de lo que sucedió, no podría con total seguridad afirmarle o negarle las dudas que usted plantea. Solo puedo orientarle en estas y matizar algunos conceptos que no han quedado del todo claros.
También decir que hay comentarios muy irrespetuosos con el autor del tema y con su versión de lo sucedido. Se puede y se debe de poner en duda lo que relata, es lo que hay que hacer siempre que desconozcamos la otra versión, pero insinuar de primeras que falta a la verdad y tachar de delincuentes a los participantes o de incompetentes a los agentes, es una falta de respeto hacia cada uno ellos.