Es que tenemos que diferenciar una infraccion administrativa de SV, que la forma de actuar seria una denuncia voluntaria al no estar de servicio ni encargado de la vigilancia del trafico.
Y otra muy distinta presenciar un Delito contra la SV en el que estamos obligados a intervenir dentro de unos limites ( cosa que tu has hecho) por lo cual como agente deberias comparecer/ instruir diligencias y que despues diga el juzgado como lo califica y tu iras como testigo, osea un trabajo bien hecho( salvo no avisar, como dice el compañero) pues se le podria haber interceptado y ademas de identificado mirar otras cosas.
Muy distinto es que os hubierais picado por la carretera y despues de hacer el tonto hubieras tirado de placa.