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osito creasy escribió:Charlie_CNP escribió:En mi opinión, precisamente al tratarse de una propiedad privada sí es denunciable, ya que se estaría cometiendo un delito o falta de usurpación de bien inmueble.
Que me corrija alguien con más idea si me equivoco, por favor.
Se podría considerar una plaza de garaje privada, como un bien inmueble?
Hombre, es que es un inmueble de todas, todas. Fiscalmente, civilmente, penalmente, etc...
Auxpol escribió:Si no me equivoco, un vehículo abandonado en una propiedad particular (igual que en una calle o el depósito municipal) se «denuncia» en el ayuntamiento su abandono, este dicta resolución comunicando el abandono del vehículo e instando a su dueño a la retirada dándole un plazo, pasado el plazo se da de baja el vehículo y se manda a desguace.
Y por lo que creo el vehículo se retira de la finca una vez se resuelva su baja y se mande a desguace de esto no estoy seguro.
Para los espabilados que solo lo dejan unas horas o unos días creo que no le va a afectar esta medida.
En este caso no hay abandono, hay una usurpación porque se está ocupando un bien inmueble contra la voluntad de su légitimo propietario/usufructuario. Abandono es cuando un vehículo queda en el mismo lugar para los restos... Si el representante legal de la comunidad denuncia la usurpación, entiendo que si el dueño del coche no lo retira, un juez puede y debe dar permiso a la policía municipal a retirarlo de allí y ponerlo en el depósito municipal, además de abrir diligencias por el hecho delictivo.