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Compañero, ¿no te has enterado de que en la cúspide de la pirámide de la jerarquía normativa están los vídeos de las academias policiales (no voy a decir nombres...) y luego lo demás?Martinromaña escribió:Todos sabemos que podemos entrar en una morada, osea violar la intimidad de la misma, ante la flagrancia de un hecho delictivo, entre otras situaciones, veamos las características de flagrante delito.
Características propias del delito flagrante:
-Inmediatez, es decir, que la acción delictiva se esté desarrollando o se acabe de realizar.
-Relación directa del delincuente con el objeto, instrumentos o efectos del delito.
-Percepción directa, no meramente presuntiva, de la situación delictiva.
-Necesidad urgente de la intervención para evitar la consumación o agotamiento del delito, o la desaparición de los efectos del mismo.
Teniendo en cuenta que estamos ante un presunto delito de desobediencia grave a agente de la autoridad, por lo visto se da la inmediatez del mismo, la relación de la persona con el ilícito, la percepción directa de que se está llevando a cabo.... Pero la urgencia? No está muy claro que se dé la necesidad urgente de intervención.
Con esto no digo que la intervención esté bien o mal hecha, simplemente indico que una de las condiciones para que se dé un delito flagrante queda en duda, y ante la duda....
Un saludo.
Charlie_CNP escribió:Compañero, ¿no te has enterado de que en la cúspide de la pirámide de la jerarquía normativa están los vídeos de las academias policiales (no voy a decir nombres...) y luego lo demás?Martinromaña escribió:Todos sabemos que podemos entrar en una morada, osea violar la intimidad de la misma, ante la flagrancia de un hecho delictivo, entre otras situaciones, veamos las características de flagrante delito.
Características propias del delito flagrante:
-Inmediatez, es decir, que la acción delictiva se esté desarrollando o se acabe de realizar.
-Relación directa del delincuente con el objeto, instrumentos o efectos del delito.
-Percepción directa, no meramente presuntiva, de la situación delictiva.
-Necesidad urgente de la intervención para evitar la consumación o agotamiento del delito, o la desaparición de los efectos del mismo.
Teniendo en cuenta que estamos ante un presunto delito de desobediencia grave a agente de la autoridad, por lo visto se da la inmediatez del mismo, la relación de la persona con el ilícito, la percepción directa de que se está llevando a cabo.... Pero la urgencia? No está muy claro que se dé la necesidad urgente de intervención.
Con esto no digo que la intervención esté bien o mal hecha, simplemente indico que una de las condiciones para que se dé un delito flagrante queda en duda, y ante la duda....
Un saludo.
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Pues nada, gracias por el insulto, ha sido muy didáctico.Quebec escribió:Charlie_CNP escribió:Compañero, ¿no te has enterado de que en la cúspide de la pirámide de la jerarquía normativa están los vídeos de las academias policiales (no voy a decir nombres...) y luego lo demás?Martinromaña escribió:Todos sabemos que podemos entrar en una morada, osea violar la intimidad de la misma, ante la flagrancia de un hecho delictivo, entre otras situaciones, veamos las características de flagrante delito.
Características propias del delito flagrante:
-Inmediatez, es decir, que la acción delictiva se esté desarrollando o se acabe de realizar.
-Relación directa del delincuente con el objeto, instrumentos o efectos del delito.
-Percepción directa, no meramente presuntiva, de la situación delictiva.
-Necesidad urgente de la intervención para evitar la consumación o agotamiento del delito, o la desaparición de los efectos del mismo.
Teniendo en cuenta que estamos ante un presunto delito de desobediencia grave a agente de la autoridad, por lo visto se da la inmediatez del mismo, la relación de la persona con el ilícito, la percepción directa de que se está llevando a cabo.... Pero la urgencia? No está muy claro que se dé la necesidad urgente de intervención.
Con esto no digo que la intervención esté bien o mal hecha, simplemente indico que una de las condiciones para que se dé un delito flagrante queda en duda, y ante la duda....
Un saludo.
Si tu argumentación jurídica es hacer chistes, puedes ahorrártela, sinceramente. Al igual que puede ahorrarse el comentario el que apoye la intervención refiriendo sencillamente que está bien.
En estos temas interesa la opinión formada y basada en la norma, no el deseo de ser el bufón del hilo.
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rugby escribió:A los compañeros que no paran de formarse fuera de su horario de trabajo para tener actuaciones de este tipo les transmito mi total ENHORABUENA.
Las críticas se basan en el miedo, y éste es un reflejo de falta de conocimientos.
Dicho esto, que quede claro que respeto la opinión de todos los compañeros, no se trata de imponer sino de opinar pues es la finalidad de un Foro.
La fundamentación legal está clara (LO 4/15; arts. 16.1, 16.5) (Lecrim; arts. 492.1, 553, 795.1) (código penal; artículo 556), quien opina sin fundamentación legal es respetable, pero vamos yo iría a muerte con quien me funda las intervenciones en algo más que un "no lo veo compañero" o en algo más que un simple galón (sea la categoría que sea)
Gc Edicion 175 Aniversario |
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Si crees que hay un supuesto delito de desobediencia, dejas copia al grupo (o a la ODAC) para que hagan las gestiones pertinentes (consulta al padrón, tomas de declaración, titularidad números de teléfono etc, etc...).metalico89 escribió:Entre ayer y hoy he tenido la suerte de leer a unos cuantos fiscales y jueces sobre este vídeo. Las respuestas van desde un prudente no pronunciamento hasta desearles suerte a los policías porque la van a necesitar.
Ninguno secunda la actuación (que no digo que no los haya)
Yo tengo claro que no me voy a jugar mi sustento por unos ruidos, cuando además no es ni competencia mía.
En el caso del vídeo no veo otra actuación posible que esperarles a que salgan y repartir recetas. Desobediencia a identificarse, normativa covid, falta de respeto si procede, etc
Alguien hablaba del padrón también pero le veo flecos a eso, no hay forma de saber si los empadronados están dentro y denunciar por desobediencia a personas que no tienes plenamente identificadas también lo veo peligroso.
Espero y deseo por el bien de los compañeros que sea un piso destinado exclusivamente a montar fiestas.
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