Hola, recientemente me ha dado por seguir jueces y fiscales en twitter y el otro día me sorprendió leer como una fiscal calificaba la resistencia o desobediencia grave (556CP) como delito leve.
Me ha sorprendido puesto que mi criterio para detener se basaba en el art 33.3 donde dice que "serán penas menos graves las que van de 3 meses a 5 años" en la cual englobaba el 556 que va de 3 a 12 meses.. pero leyendo he visto que su criterio para calificarlo como leve se base en el art 13.4 que dice "Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el delito se considerará, en todo caso, como grave. Cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como leve"
En resúmen, el legislador, con su torpeza habitual, por un solo día de pena, ha transformado un delito menos grave de manual como lo es el 556 en un delito leve. A partir de ahora dejaré de detener hasta que la pena del 556 vaya de 3 meses Y UN DIA a 12 meses...