Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco |
nola2hurtu.eus |
He buscado un poco por el foro y en la pagina del CGPJ y no he encontrado nada al respecto.
Pongo situación, comisionan por una fiesta con exceso de ruidos a las 1 de la mañana (competencia de P.Local en principio) pero aun así vamos y no nos abren la puerta.
Base jurídica para identificar a los moradores entiendo que hay en el momento que hay desobediencia a los agentes de la autoridad por requerirles la identificación y hacer caso omiso, por lo tanto están cometiendo un delito flagrante de desobediencia que permitiría el acceso a la vivienda sin consentimiento del morador.
¿Cómo lo veis? ¿Sábeis de alguna sentencia?