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Ya se que es un tema muy controvertido y muchas veces se ha hablado de el, pero me gustaria exponerles un caso que vivi de servicio.
En un municipio de Girona, a las 21:30 nos llaman diciendo que han usurpado un inmueble. Nos dirigimos 3 efectivos a la zona i nos encontramos la propietaria del piso, con escritura de la vivienda en mano diciendonos que viene de Barcelona a pasar el fin de semana, y se encuentra su casa con las luces encendidas y possiblemente gente al interior.
La mujer decia que era su vivenda, segunda residencia, y NO estava declarado como edificio turistico para alquilar, ya que ella frecuentemente iba a esa vivienda para descansar.
El caso es que entramos en la vivienda y nos encontramos 4 personas, 2 chicos y 2 chicas de unos 23 años, y evidentemente nos confirman que han ocupado la vivienda, y llevan 2 semanas allí instalados, y que al ser una planta baja las ventanas estaban abiertas.
(Ahora viene el quebradero de cabeza) El responsable de turno le indico los pasos a seguir a la propietaria del piso, diciendo que al tratarse de una usurpación de bien inmueble, y al haber estado los ocupas 2 semanas allí, no había forma de echarlos a menos que pusiera denuncia i lo pusiera en conocimiento de la autoridad judicial.
Yo como subordinado, le dije al compi que para mi eso era un allanamiento de morada ya que al tratarse de segunda residencia tiene consideración de morada, y daba igual que estuviesen allá dos semanas, pero mi superior se reforzaba en que al llevar dos semanas es IMPOSSIBLE echarlos sin denuncia del agraviado.
El caporal que estaba en comisaria listo para empezar el turno a las 22:00, escuchó todo por la radio y se presento al lugar manifestando que se trataba de allanamiento de morada y que si la persona agraviada quería, nos podíamos llevar los 4 ocupas detenidos...
Finalmente los ocupas accedieron a marchar voluntariamente al dia siguiente bajo acuerdo con los propietarios.
He tenido muchas discusiones acerca de este tema, he preguntado a compañeros de Mossos de escuadra, diferentes policias locales de mi prefactura, a lo que todos tienen una opinion diferente.
Ustedes que creen? Se puede detener a los ocupas por allanamiento, o al ya haber estado 2 semanas allí debe tratarse como usurpacion de bien inmueble aunque sea una segunda residencia?...