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"Le informamos que la Ley Orgánica 9/2015 de Régimen de Personal de la Policía Nacional recoge en su artículo 41.3 "El ascenso por promoción interna exigirá estar en posesión de la titulación del subgrupo de clasificación correspondiente" En este caso seria Grupo A, Subgrupo A2 (Subinspector) Según el R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 76, para el acceso al Subgrupo A2 la titulación exigida es el Título Universitario de Grado .Se desprende de todo lo anterior que todos los funcionarios que quiera promocionar a Subinspector deberían estar en posesión de dicha titulación, si bien es cierto que en el preámbulo de la L. O. 9/2015 se establece un periodo transitorio de 5 años en relación a esta exigencia para los aspirantes al ascenso."