Cartera porta placa CNP |
fabricado en piel de vacuno |
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A ver si sois tan amables y me sacáis unas dudas...
Si un conductor no tiene permiso de conducción (en los casos que sea delito contra la seguridad vial)...
Tengo entendido que se puede hacer de dos maneras...
La primera, se detiene al conductor para traslado a las dependencias policiales para instruir las diligencias
La segunda, se procede en la vía pública a realizar el atestado a través del vehículo de Atestado
Quisiera saber si siempre el vehículo se inmoviliza y se retira poniéndolo a disposición de la autoridad judicial como prueba del delito, si eso debe hacerse siempre o solo en algunos casos determinados y también saber bajo que ley (doy por hecho LO 10/95) y que artículo (eso lo desconozco) se aplicaría esa disposición.
Muchísimas gracias por vuestras futuras respuestas y corregidme si me equivoco, quiero mejorar y saber más cada día!!!
Un saludo