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Y es que la sentencia del Supremo, además de concluir que no se aprecia "justificación suficiente" para negar la posibilidad de que AUGC se integre en el seno de EuroCOP, también establece que la característica principal de la Guardia Civil es constituir un cuerpo policial, con escasísimas misiones de carácter militar. Por lo tanto, pone en cuestión todo el diseño de su estatuto regulador, que conlleva la aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles, algo contra lo que se ha manifestado históricamente AUGC.
En este sentido, el pronunciamiento del Supremo supone un hito histórico, puesto que por primera vez en cuarenta años de nuestra Constitución se reflexiona desde instancias jurídicas sobre la verdadera naturaleza de la Guardia Civil y abre la puerta a un cambio de interpretación respecto a la citada aplicación del Código Penal Militar a los trabajadores de la institución.
Por lo tanto, para AUGC esta sentencia es de una oportunidad extraordinaria en el actual contexto de debate parlamentario sobre la creación de un nuevo modelo policial en España, ya que anula la argumentación en contra apoyada en esa naturaleza militar y abre la puerta a la plena equiparación de derechos de los guardias civiles con el resto de policías españolas, incluida la existencia de sindicatos en la Guardia Civil.
Puedes ver la sentencia en este enlace
http://www.justiciamilitar.com/wp-conte ... urocop.pdf
https://www.augc.org/news/2018/12/10/