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No sé si es el lugar adecuado para realizar esta pregunta, en caso de que no lo sea, disculpas y contestadme por privado si es posible antes de eliminar el hilo.
Estoy en la Escuela de Policía de Cataluña actualmente, empezamos el día 3 y estamos con identificaciones, voy a intentar no dar ningún dato operativo al respecto.
El caso es que hicimos un simulacro hace un par de días, y me lo han explicado distintos instructores pero sigo sin entenderlo.
Situación.
Vamos a un accidente de coche. Uno golpeado, el causante se ha dado a la fuga. La víctima se niega a identificarse.
¿Me podéis explicar cómo interpretáis el 16.1 de la 4/2015 para requerir a este ciudadano a identificarse?
En este caso y en última instancia, ¿llegaríais a aplicar el 36.6 si la persona continúase con su negativa? ¿O el 556 del CP si siguiese?
Gracias y disculpadme si no es el lugar para preguntar ésto, creo que los alumnos no podemos pedir acceso al otro lado del foro. Un abrazo.