Cartera Guardia Civil |
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A raíz de ingresar en breve en la Escuela de Policía de mi Comunidad (policía local en mi caso), he encontrado, por casualidad, los requisitos de ascenso de categoria y/o de escala a distintos empleos del Cuerpo Nacional de Policía.
En ese momento, estaba viendo en TV un conocido programa de casos que gestionáis desde el CNP, y en ésto que he visto a un compañero tatuado. No le he dado mayor importancia hasta que leyendo las bases he entendido, puedo equivocarme, que para el ascenso se hace un nuevo reconocimiento médico en el que es motivo de exclusión tener tatuajes visibles con el uniforme.
Si he entendido bien, corregidme si no es así, ¿puede un miembro del CNP de la categoria X tener tatuajes y desempeñar su labor pero no podrá ascender precisamente por tenerlos?
Gracias. Un saludo.