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ZETA escribió:Ya tenemos nueva ley de Seguridad Privada que sustituye a la 23/1992.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/04/05/p ... 4-3649.pdf
Después de las modificaciones en el Seanado (que creo que han sido pocas), ya tenemos la nueva ley. Ahora a esperar al reglamento.
Dos puntos importantes para mi.
En Artículo 31, sobre la protección jurídica de agente de la autoridad.
Una posible puerta abierta para que el Ministerio de Educación en los próximos años o meses saque una Formación Profesional de Grado Medio o Superior.
Un saludo.
Realmente la ley lo que prevé son dos vías (¿realmente una )
en la LSP 2014 se escribió:Artículo 29. Formación.
1. La formación requerida para el personal de seguridad privada consistirá:
(...) o de los correspondientes certificados de profesionalidad de vigilancia y seguridad privada y guarderío rural y marítimo, que establezca el Gobierno a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, o del título de formación profesional que establezca el Gobierno a propuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En estos dos últimos casos no se exigirá la prueba de comprobación de conocimientos y capacidad a que se refiere el artículo 28.1.i).
Los actuales planes educativos y formativos establecen que ciertos centros de formación profesional puedan expedir, tras una formación de corta duración y escasa calidad, dos tipos de certificados laborales: uno de inserción (para personas sin prácticamente ningún tipo de formación laboral) y otro de certificación, éste para personas con un oficio pero sin estar respaldado por ningún título. Éste tipo de certificado es al que se refería aquél curso de "formación profesional" de unas 500 horas que muchos mencionabais. No se aplicó, porque al acabarlo, y con el RP del 94, había que seguir acudiendo a una academia de SP 180 horas y luego presentarse a las pruebas en la policía; con lo que no tenía mayor utilidad. Pero con el cambio en la Ley y la eliminación del 28.1.i, para los que opten por esta vía, también se eliminan las pruebas físicas y los exámenes, con lo que será una opción "coladero" más atractiva. Por supuesto la transformación de la academia de SP en centro de FP que acoja ésta modalidad de "estudios" y sus correspondientes subvenciones sería cuestión de poco tiempo.
Respecto a la segunda vía: "título de formación profesional" (en ningún sitio se diceque sea de grado medio o superior); cabe recordar que la nueva LOMCE, prevé sustituir los arriba mencionados "certificados de profesionalidad" por una FP de grado básico, para alumnos que no superen la ESO, se les quita materia lectiva y se les sustituye por asignaturas "tecnico-profesionales" dándoles un título equivalente a la ESO al final del recorrido. Y la placa de vs en el caso que nos ocupa...sin examen ninguno en policía. También sería una modalidad cursable en centros privados de FP, subvencionables y concertables
Obviamente habrá que esperar al Reglamento, pero desconfío en que las empresas y el MIR apuesten por una formación de calidad especializada, vinculada a grados medios o superiores de FP