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En una procesión en horas nocturnas, cuyo trayecto invadía cruces de vías, el Alcalde ordenó a los agentes a apagar las luces del puente del vehículo policial porque le producía deslumbramiento.
Se le explicó que por motivo de seguridad para los agentes y demás usuarios era necesario llevarlas y que se podría aumentar la distancia entre la comitiva y los vehículos, y responde que no, que se apaguen. Ojo, ya no hablo de destellantes, me refiero a la simple luz de posición de la torre.
Finalmente tuvimos que acceder pero ¿creéis que una negativa fundamentada en orden ilegal hubiera sido acertada?
Un saludo