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Hogueras con sidra escribió:Si se les detiene por atentado tras agredir a un v.s y además pasan un par de noches en los calabozos y son escoltados hasta el jeuz de guardia, a alguno se le van a quitar las ganas de volver a hacerlo. Y van a pasar una horas muy entretenidas..
Hogueras con sidra escribió:A algún policía les dará un infarto, pero es lo que tiene no adaptarse al cambio de las leyes.
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Das Polizei escribió:Lo que nadie ha visto o al menos no comentais, es la claridad en la que se ponen los cimientos para subcontratar con seguridad privada servicios de seguridad públicos como complementarios.
Quieren abrir el melón de la privatización, con lo que ya se cargaron parte de las PL y ahora les dan la posibilidad a pequeños municipios de mancomunar servicios de seguridad privada. Pasta para los colegas.
Asi están dejando morir a la GC en núcleos rurales, esta todo estudiado por estos politiquillos.
Ya veremos
Hogueras con sidra escribió:Si que me fijé y ya lo dije hace tiempo, hay un contrato goloso para las empresas de SP y que no comprendo como no lo han sacado todavía.
Viene regulado en el artículo 208 "Servicio de vigilancia perimetral de centros de internamiento de extranjeros". Ruego que alguien lo plasme pues no lo he encontrado.
Los Centros de Internamiento de Extranjeros, CIE´s, que en estos momentos de pérdida de personal son una losa en las plantillas que los tienen y más ahora con la implantación de la nueva jornada laboral. No son muchos CIE´s, pero seguro que es un buen contrato.
También me interesa leer el artículo 207, "Servicio de vigilancia de otros edificios o instalaciones de organismos públicos". Por si tiene algo de interés por novedades.
Además están todos los eventos organizados por ayuntamientos y que son atendidos por PL, se podrá contratar SP aunque sea en vía pública. En muchos ayuntamientos la hora extra de un policía local sale más cara que una hora de SP.
Pero yo no creo que se carguen PL alguna, pero todo se verá. Pero tengo que volver a leer esa parte.
Que la GC esté en mínimos en algunos pueblos no es idea ni obra de los políticos, la culpa es de los generales de la GC que no distribuyen el personal de forma correcta para cubrir esos puestos. Y no lo hacen porque no les da la gana y prefieren tenerlos en otras labores, pues el trabajo diario lo van sacando los guardias civiles con ayuda de las PL´s, a pesar de ser pocos.
Lo mismo ocurre en el CNP, que se ve muy bien en plantillas pequeñas y parece que más se va a notar en breve, con más cierres de oficinas de denuncias.
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Hogueras con sidra escribió:Título II Tarjeta de identidad profesional
2.5º Llevará visible el siguiente texto: “Esta tarjeta de identidad profesional es personal e intransferible y sirve para acreditar la condición del titular en los casos y circunstancias en que el ejercicio de su función lo requiera y siempre que le sea exigida por los ciudadanos, Autoridad o sus Agentes”.
Respecto a la identificación del VS:
Artículo 160. Desarrollo de funciones e identificación.
4. La TIP no sustituirá al documento nacional de identidad o, en su caso, al pasaporte o a la tarjeta de identificación de extranjeros, como documento de identificación personal en los supuestos o casos en que el personal de seguridad privada sea requerido por la autoridad o sus agentes.
Dos ejemplos de redacción muy concreta y que zanjarían una cuestión de debate, si se aprueba así. Aunque seguro que algunos todavía darían otra interpretación a lo de "acreditar la condición". Y es una pena que no se concrete que estos datos de filiación serán expuestos en diligencia aparte, que no se debe dar a la parte denunciada, para amparar al profesional que actúa por imperativo legal y que puede ser perfectamente identificado en el Juzgado con su TIP. Una pena, pues se olvida de proteger a quien persigue y denuncia delitos.
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Hogueras con sidra escribió:
Dos ejemplos de redacción muy concreta y que zanjarían una cuestión de debate, si se aprueba así. Aunque seguro que algunos todavía darían otra interpretación a lo de "acreditar la condición". Y es una pena que no se concrete que estos datos de filiación serán expuestos en diligencia aparte, que no se debe dar a la parte denunciada, para amparar al profesional que actúa por imperativo legal y que puede ser perfectamente identificado en el Juzgado con su TIP. Una pena, pues se olvida de proteger a quien persigue y denuncia delitos.
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