Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco |
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1) Saber si los empleados del metropolitano, tales como: subalterno, taquillero, conductores, jefes de vestíbulo, jefe de sector ó supervisor comercial, jefe de línea, delegado de seguridad del metropolitano y coordinadores, tienen la capacidad de dar órdenes de seguridad a los vigilantes de seguridad.
2) Estas personas estarían haciendo funciones que le competen al Jefe de Seguridad (Art. 95.b y 99), por lo que dicha función pudiera tener consecuencias para el personal de seguridad, ya que ejercerían funciones sin estar habilitados para ello, infringiendo también el Art. 70 del (RSP), Art.19 del convenio de seguridad, cometiendo por ello un
delito de abuso de poder, y una falta grave al inflingir dichos artículos.
3) Estas personas no tienen habilitada la función del delegado de seguridad, por lo tanto incumple (LSP) en los artículos ya mencionados, al acogernos a los Art.26 al 32 (LSP) y en Art 23 en la sección 2º de sanciones graves en los párrafos a,b,c,d (LSP).
4) Igualmente saber, si personal de paisano no adscrito a seguridad puede estar en el puesto de control de cámaras y seguridad en las estaciones.
http://www.policia.es/org_central/segur ... 14_006.pdf