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Lo que haga después el Instructor con esta persona es responsabilidad suya.
Personalmente a la figura del imputado no detenido le veo pocas ventajas siempre y cuando el Instructor tiene la potestad de ponerlo en libertad tras la asistencia letrada.
¿Qué ventajas presenta el imputado no detenido frente al detenido puesto en libertad?
1. No tienes que llamar a la persona que desee comunicar el hecho de su detención (aunque esto se resuelve en 5 minutos).
2. No tienes que ofrecerle asistencia médica (aunque puede ser una desventaja si tras salir de Comisaría el imputado se va al Ambulatorio y le extienden un parte que él achaca al traslado a Comisaría).
3. No harás una detención ilegal (aunque jamás he visto una detención ilegal con puesta en libertad tras asistencia letrada).
No obstante, en el caso concreto que narras aparte de que procede la detención, procede el ingreso en calabozo y la puesta a disposición Judicial es de libro.
Imagínate tú que al pieza lo pones en libertad y a los tres días atropella en un paso de cebra a un peatón...