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También sigue el consejo de islcop y pide información a la DGP, pregunta por el inciso que puso Bosco «Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, siempre que aquélla se acredite mediante el correspondiente documento oficial por parte del aspirante.» en las últimas bases nunca lo ponen, sin embargo se recoge en la legislación.
Y si puedes hacer el favor y volver por aquí y contar en que quedó todo se agradece.