Cartera Mossos D`esquadra |
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Sonic temple escribió:Yo a los compañeros que teniendo un título de Técnico (Grado Medio), han solicitado la equivalencia les han contestado negativamente aludiendo que se requiere titulación equivalente académica al bachillerato. A dos que conozco así ha sido
Sonic temple escribió:Yo a los compañeros que teniendo un título de Técnico (Grado Medio), han solicitado la equivalencia les han contestado negativamente aludiendo que se requiere titulación equivalente académica al bachillerato. A dos que conozco así ha sido
Curso Acceso Guardia Civil |
Inicio curso: septiembre 2019 |
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Academia Acceso CNP |
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david7724 escribió:Curiosa la forma que tiene la CUFPN de bloquear la carrera a los candidatos que ya cuentan con Técnico Superior de FP. , sacada previamente de forma individual y sin necesidad de equivalencias de ningún tipo.
CUFPN solo admite como candidatos, a los Oficiales de Policía que presenten Título de Técnico Superior obtenido únicamente mediante la equivalencia específica del Ministerio de Educación y descartando a los que ya dispongan de esa misma titulación, pero sacada de forma previa e individual sin haber necesitado equivalencia de ningún tipo.
Con lo cual, solo les resultan aptos, aquellos Oficiales que hayan obtenido la equivalencia del Ministerio mediante la presentación de :
Oficial Policía + Certficado de horas de formación de DFP + ``Título de FP ´´
Con esto se produce una paradoja discriminatoria, que es la siguiente:
A) Un Oficial de Policía que cuente con Título de FP
(Ciclo Formativo de Grado Medio),
SI puede conseguir esa equivalencia y por lo tanto acceder finamente a realizar los estudios de CUFPN.
B) Un Oficial de Policía que cuente con una Titulación Superior,
como es Tïtulo Superior de FP (Ciclo Formativo de Grado Superior
NO puede conseguir esa equivalencia y por lo tanto no puede acceder a los estudios de CUFPN.
Que opciones quedan ?:
1. Oficial de Policía que trata de realizar entonces la equivalencia específica de Técnico Superior del Ministerio;
no le es concedida ya que la titulacíón que el Ministerio exige para esa equivalencia es la de Tecnico de FP y no Ténico Superior de FP. Es absurdo presentar en la solicitud de la equivalencia, el mismo grado de
Titulación (Técnico Superior FP) que el que se pretende obtener.
2. Otra opción sería realizar primeramente la equivalencia de Policía con Técnicode FP, y una vez conseguida esa equivalencia de Técnico de FP, entonces con eso mas categoría de Oficial de policía y el certificado de horas de la DFP solicitar la equivalencia específica de Técnico Superior. Pues tampoco.
Orden EFP 805/2023. Disposición adicional única. No permite la utilización de una equivalencia obtenida previamente para la solicitud posterior de otra equivalencia.
RESULTADO FINAL :
Oficial de Policía Técnico FP – SI puede acceder a CUFPN
Oficial de Policía Técnico Superior FP
(Incluso con Curso Acceso Universidad +25 años) - NO puede acceder a CUFPN
JJMM escribió:IMPORTANTE: Para los que NO tienen FP/Bachiller académicos, pero si el Acceso para mayores de 25 años a la Universidad, hay una sentencia de febrero de 2024 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que le ha dado la razón al Oficial que intenta acceder a la Universidad de la Policía Nacional, echando abajo el requisito de equivalencia de su nombramiento de Oficial a Técnico Superior (es contraria a la legislación basica de acceso a las universidades) y diciendo que con la titulación mencionada puede acceder a dicha universidad.
No se si cambiaran los requisitos de acceso a la Universidad de la Policía Nacional o a cada uno que se encuentre en esta misma situación le tocará litigar y meterse en juicio.
Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco |
nola2hurtu.eus |
SMZ escribió:JJMM escribió:IMPORTANTE: Para los que NO tienen FP/Bachiller académicos, pero si el Acceso para mayores de 25 años a la Universidad, hay una sentencia de febrero de 2024 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que le ha dado la razón al Oficial que intenta acceder a la Universidad de la Policía Nacional, echando abajo el requisito de equivalencia de su nombramiento de Oficial a Técnico Superior (es contraria a la legislación basica de acceso a las universidades) y diciendo que con la titulación mencionada puede acceder a dicha universidad.
No se si cambiaran los requisitos de acceso a la Universidad de la Policía Nacional o a cada uno que se encuentre en esta misma situación le tocará litigar y meterse en juicio.
Y cuál es la referencia de esa sentencia?
david7724 escribió:SMZ escribió:JJMM escribió:IMPORTANTE: Para los que NO tienen FP/Bachiller académicos, pero si el Acceso para mayores de 25 años a la Universidad, hay una sentencia de febrero de 2024 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que le ha dado la razón al Oficial que intenta acceder a la Universidad de la Policía Nacional, echando abajo el requisito de equivalencia de su nombramiento de Oficial a Técnico Superior (es contraria a la legislación basica de acceso a las universidades) y diciendo que con la titulación mencionada puede acceder a dicha universidad.
No se si cambiaran los requisitos de acceso a la Universidad de la Policía Nacional o a cada uno que se encuentre en esta misma situación le tocará litigar y meterse en juicio.
Y cuál es la referencia de esa sentencia?
Esa Sentencia del TSJ de Extremadura es emitida el 23 de Febrero de 2024 , con Resolución 00114/2024.
En base a un recurso de un solicitante que no poseía estudios requeridos, pero si otro de los requisitos marcados en la legislación educativa como válida para acceder a estudios universitarios, como sería la circunstancia de tener mas de 40 años y experiencia laboral o profesional en el ámbito que se pretende cursar [Artículo 3h) – Real Decreto 412/2014 de 6 de Junio].
El TSJ falla anulando la Base quinta de la Convocatoria del Grado, que es donde se hace referencia a los requisitos para acceder y que no contemplaban diversas casuísticas de Oficiales con circunstancias varias no recogidas en esa base.
También señalar que la DGP está empecinada en bloquear carreras profesionales ya que incluso después de esta jurisprudencia reciente, son cabezones , les cuesta reconocer sus errores, se han decidido a recurrir el fallo de esa sentencia,
vulnerando así uno de los preceptos recogidos en la Ley de Personal :
''La Dirección General de la Policía llevará a cabo las actuaciones necesarias, tendentes a facilitar la obtención de las titulaciones referidas en el párrafo anterior por parte de los Policías Nacionales que no estuvieran en posesión de las mismas, con el fin de POSIBILITAR SU PROMOCIÓN INTERNA..''
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