un@ entre más escribió:tneo141 escribió:Bajo mi entender con el T.I.P ya van mis datos no creo q sea necesario ampliar nada. Por ejemplo ( después tienes movidas con algún artista y en el juicio solo falta q digan a donde vives )no creo q sea necesario añadir más datos o veis Policías o GC con ambas cosas No verdad xq nosotros vamos a ser la escepcion.
Entre otras cosas porque, como particular que eres, tienes que facilitar a los agentes un domicilio a efectos de notificación, el cual no consta en vuestro T.I.P., menester no preceptivo para un policía/guardia civil ya que es citado a través de su Dirección General.
Es que no se merece ni contestarle con ninguna opinión personal.
Menos mal que ya lo ha hecho Gándara....
Respecto al domicilio que ha de hacer constar un vigilante de seguridad en sus comparecencias en sede policial y/o judicial, del contenido del artículo 175 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se infiere que el testigo debe hacer constar su domicilio habitual, y en cualquier caso debe hacer constar aquel en el que la citación judicial surta efecto; a este respecto se considera que - tratándose de una comparencia derivada de una actuación en acto de servicio – podría señalar como domicilio, a efectos de notificaciones o citaciones, el domicilio social de la empresa a la que pertenece.
Tampoco figura el de la empresa en mi DNI.
Pero vamos, yo en mi servicio, artículo 27.