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iñigo escribió:Me gustaría saber cual es el artículo del código de circulación que exime de llevar encima el correspondiente permiso para conducir vehículos, estés o no de uniforme cuando estás trabajando.
Me temo que con el carnet profesional no es suficiente y digo esto porque sencillamente conozco muchos casos de compañeros de diferentes cuerpos que no tienen permiso para conducir( por muchas razones) y por lo tanto me da que alguien está equivocado y puedo ser yo.
Ya te contesto yo : ninguno . Y en cuanto a la parte final de tu exposición , casualmente he dicho algo en el restringido.
Para que el Compañero del CNP estuviera amparado jurídicamente en su exención para hablar con el móvil y conducir se tenían que dar cuatro circunstancias a mi entender : 1- Que estuviera de servicio , 2 - que circulara conduciendo un vehículo oficial 3 - que usara un teléfono móvil oficial 4 - que la conversación tratara temas oficiales . Ojalá esté equivocado pero me da que alguno de los supuestos no se ha cumplido. Y descubrir esto es más fácil de lo que parece , siempre que se tengan unos datos mínimos , como ya sabréis.