Conviértete En Ertzaina |
Todo online |
nola2hurtu.eus |
El Ejecutivo desoye una recomendación de la Defensora del Pueblo para redactar una normativa más amplia y concreta sobre el empleo de armas y proyectiles en intervenciones policiales. Los únicos textos vigentes son un manual de 2012 y una circular del año siguiente.
El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de la Policía (DGP), ha rechazado una recomendación de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril (PP), para redactar una normativa más amplia y concreta sobre el empleo de armas y proyectiles en intervenciones policiales.
Becerril, haciéndose eco de las quejas llegadas a esta institución, emplazó a la DGP a elaborar un texto legal con una serie de "contenidos mínimos". Sin embargo, esta instancia no fue aceptada, al entender Interior que "la regulación y los mecanismos de control existentes son suficientes".
Becerril presentó este jueves ante el Pleno del Congreso de los Diputados el informe anual de 2014, donde se aborda esta cuestión. Esta exposición coindició en el orden del día con la aprobación definitiva en la Cámara Baja de la polémica Ley de Seguridad Ciudadana, que "restringe las libertades de los ciudadanos y criminaliza su derecho a manifestarse", según sus detractores. Si bien el Ejecutivo ha aumentado las infracciones que recogía la ley Corcuera de 1992 en el nuevo articulado de la ley mordaza, como la denomina la oposición, en cambio la regulación sobre el uso de material antidisturbios por parte de la Policía Nacional permanece intacta.
Según recoge la Defensora del Pueblo en la última memoria de la institución, la normativa al respecto con la que trabaja la Dirección General de la Policía en estos casos no va más allá de un "Manual de actualización para unidades de intervención policial" y de una "circular sobre empleo de material antidisturbios, de fecha 3 de septiembre de 2013, elaborada por la Comisaría General de Seguridad Ciudadana con la aprobación de la Dirección Adjunta Operativa (DAO)".
La Defensora del Pueblo aboga por establecer un "protocolo de actuación en aquellos casos en los que el impacto haya alcanzado a alguna persona"
El citado manual, empezó a redactarse en la primavera de 2012, ante la previsión de un otoño caliente. Por ejemplo, indica que el disparo no debe hacerse nunca "tenso", es decir, apuntando a una persona, sino que, éste debe buscar un rebote previo de la pelota en el suelo para, de este modo, aminorar los daños al impactar en un cuerpo. Buena parte de las instrucciones de este manual ya se recogían en los libros técnicos de los cursos de adiestramiento que realizaron los agentes.
A fin de disponer de una versión mejorada de esta reglamentación y "teniendo en cuenta que se trata de armas y municiones potencialmente peligrosas", Becerril considera "necesario" que se establezcan "unas normas precisas y detalladas que eviten o minimicen las consecuenciasno deseadas que puede tener el uso de estos materiales para la vida o integridad de las personas". La Policía Nacional utilizó 174 salvas de fogueo, 126 pelotas de goma y 3 botes de humo en la jornada del 22 de marzo de 2014, que registró graves disturbios a la conclusión de las Marchas por la Dignidad. En el trágico episodio del Tarajal, donde murieron 15 inmigrantes cuando intentaban llegar a nado a la costa ceutí, la Guardia Civil disparó 145 pelotas y cinco botes de humo.
Así, la Defensora del Pueblo plantea, en primer lugar, definir las "características técnicas de los distintos tipos de armas y proyectiles utilizados, especificando su precisión"; si el arma utilizada permite una graduación de la potencia del disparo, la distancia óptima para su uso, la distancia mínima y máxima para evitar el riesgo de lesiones y el resultado de los estudios técnicos realizados para concretar los riesgos de lesividad que entraña su uso.
Asistencia sanitaria y atención policial post-disparo
En segundo lugar, el órgano constitucional pide profundizar en las pautas de uso, detallando "las circunstancias en las que su uso está autorizado y prohibido", los funcionarios policiales a los que les corresponde decidir sobre su utilización, la orientación de los disparos, las zonas del cuerpo humano en las que está prohibido el impacto de los proyectiles o la necesidad de hacer disparos de aviso. Asimismo, la Defensora del Pueblo insta a regular "la formación de los agentes habilitados para el uso de estas armas" y reclama la elaboración de informes por el agente actuante, por el responsable policial de la patrulla, grupo o unidad y por el responsable policial del operativo, donde precisen los motivos que han justificado los disparos.
En un último punto, Becerril aboga por establecer un "protocolo de actuación en aquellos casos en los que el impacto haya alcanzado a alguna persona, para tener conocimiento de las lesiones producidas por el impacto y asegurarse de que los heridos reciben la asistencia médica necesaria".
Cataluña y País Vasco tomaron medidas
En Cataluña, el empleo de pelotas de goma por agentes antidisturbios está prohibido desde abril del año pasado. La decisión, que llegó en forma de acuerdo parlamentario entre CiU y ERC, al que se sumó también Ciudadanos, se produjo después de que este material provocara en los últimos años una decena de lesiones graves, especialmente mutilaciones oculares, en esta comunidad. Unos hechos que acarrearon la imputación de más de treinta agentes de los Mossos d'Esquadra.
Por su parte, el Gobierno vasco acordó en abril de 2012, todavía bajo mandato socialista, restringir el uso de las pelotas de goma a raíz de la muerte de un aficionado del Athletic de Bilbao Iñigo Cabacas. Desde enero de 2013, la Consejería de Interior sólo autoriza este material para agentes de la Brigada Móvil y de Refuerzo (antidisturbios) siempre "en ocasiones excepcionales" y "por orden expresa" del mando responsable del operativo. Para las intervenciones del resto de unidades de la Ertzaintza, las bolas de gomas se han ido sustituyendo por un componente menos lesivo.
http://vozpopuli.com/actualidad/59731-i ... estaciones