Pues recurriendo de nuevo a este foro que es el mas activo dentro de los de FFCCS, consulto la siguiente duda:
¿Cual sería la ley y artículo correspondiente para proceder a la denuncia por miccionar en vía pública?
Hasta la entrada en vigor de la nueva ley de Seg. Ciudadana, veníamos proponiendo para sanción en base al artículo 26 J de la 1/92 donde deja abierto otras infracciones leves... La nueva ley no hace referencia a nada de esto.
Saludos y gracias.