Si alguien se niega a identificarse , está clarísimo , de manual , va detenido ( salvo contadas excepciones que no vienen al cuento ) . Si no lleva la documentación personal por la calle ( que no es obligatorio llevarla excepto los extranjeros ) valoraré la situación . Por una "chorrada" no me llevo a nadie al "cuartelillo" .( hay más supuestos legales en que se le puede llevar a dependencias pero no vienen al caso ) . En el caso de conductores , si no lleva ninguna documentación si me lo llevo a identificar porque estoy investigando un posible delito y no me vale ni la matrícula ni "su palabra" y la telemática . De todas maneras creo que en la nueva Ley se corrige esa duda.
ah , se me olvidaba : las personas que están en búsqueda y captura por los Tribunales y las que están en estancia ilegal en España no suelen llevar la documentación en la calle.
Moraleja: propietarios de perros de toda España , haced con vuestros perros lo que os de la gana , que la Policía no puede haceros nada si no lleváis la documentación.