XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor alb » Mié Jun 12, 2013 9:22 am


Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Hola, alguien sabe algo, han pasado los 15 días para recurrir de sobra, a quien podemos preguntar. Por lo menos una notita de prensa aunque sea pequeña ya podían haber sacado. Porque supongo que no se pueden pasar la sentencia a la torera, que ya no se qué pensar... :shock: ya es casi más curiosidad que otra cosa, porque igual se inventan algo nuevo para no enmendar su error. Saludos para todos.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor joot » Mié Jun 12, 2013 8:54 pm


Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
han recurrido la admi y los agentes en total se dice ke hay 10 recurrentes(agentes).
joot
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor alb » Jue Jun 13, 2013 8:40 am


Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Bueno entonces ya sabemos algo. 10 personas (pueden ser más evidentemente) confirman que tenían el a2 cuando entraron. Ahora entiendo que es el tribunal superior de justicia en el orden de lo contencioso-administrativo el que tiene que estimar o desestimar el recurso de apelación, y me muero de ganas de leer su resolución motivada, sobre todo como estime el recurso quiero ver como se le da la vuelta a esto. Y que no tarde muchos meses porque alguno se sube ya por las paredes. Alguien sabe si este recurso pondría fin a la vía jurisdiccional porque entiendo que sí, ¿no..
alb
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor Unforal » Jue Jun 20, 2013 5:53 pm



foropolicia.es
En el caso que nos ocupa:

El recurso ante el juzgado de lo contencioso administrativo se interpuso ante una resolución que puso fin a la vía administrativa. El juzgado Contencioso Administrativo nº 3 de Pamplona sentenció a favor de los recurrentes que habían sido desoídos en la vía administrativa, como ya todos sabéis.

-A partir de aquí, la ley dice que Cuando sea firme una sentencia, se comunicará en el plazo de 10 días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.

Transcurridos 2 meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado
en ésta para el cumplimiento del fallo, cualquiera de las partes y personas afectadas
podrá instar su ejecución forzosa.

-Qué es una Sentencia firme: Es aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.

Lo que desconozco es si la sentencia del juzgado contencioso administrativo nº 3 ha sido recurrida por el Gobierno de Navarra, si no la recurrieron a estas alturas supongo que será firme. Pero si la recurrieron, estará pendiente de respuesta al recurso...

Ya que las decisiones de los tribunales pueden ser recurridas, es decir, cuando no se está de acuerdo con las sentencias de un tribunal y se cree que no es adecuada se puede someter el asunto nuevamente a los tribunales mediante la interposición de un recurso.

No todas las sentencias pueden ser recurridas, pues han de darse determinadas circunstancias para que se pueda presentar el recurso correspondiente, pero creo que este caso las reúne.

Los recursos posibles contra las sentencias ante al contencioso administrativo son:
a) Recurso de súplica: procede contra las providencias y autos que dicten los
órganos judiciales. Lo resuelve el mismo tribunal que emitió la decisión.
b) Recurso ordinario de apelación: procede contra sentencias de los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-
Administrativo y se interpone ante los mismos juzgados en el plazo de 15 días.
Lo resolverá la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia.


Podemos concluir que la sentencia que nos ocupa es recurrible, pero desconozco si a estas alturas el Gobierno de Navarra la ha recurrido.
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Re: AYUDA!! CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor JAVIBOXX » Mar Jun 25, 2013 8:13 am


Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
borjia escribió:Una pregunta si tu obtienes el permiso A antiguo en verano del 2009 antes de la entrada del permiso a2 y en unas oposiciones del 2010 te piden el A cumples el requisito o no¿?


Hola borjia sabes algún caso en el que se haya dado esta circunstancia?Yo estoy en un caso parecido en el que me saque el A antiguo en 2008, pero tráfico en sus bases tiene puesto A2 sacado en 2008 y A en 2010.En primer lugar no se como ponen esto porque el A2 en 2008 no me lo saque porque no existe y yo no me he sacado otro carnet que no sea el A y fue en 2008 :shock: :shock: :shock:
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor v8a84 » Jue Jun 27, 2013 8:10 am


yo me saqué el carnet A en el 2008 y ese mismo año aprové las oposiciones para policía local que pedían el carnet A y no tuve ningún problema
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor Foral_XVIII » Jue Jun 27, 2013 11:56 am


Buenos días JAVIBOXX.

Tu "problema" lo tenemos todos. El A2 actual corresponde al A antiguo. Por lo tanto, en su día sacaste el A (2008) que ahora se ha convertido en A2. Y al pasar 2 años, automáticamente se te habilita para la conducción de motocicletas "grandes" (cualquier cilindrada), que ahora se corresponde con el carnet A, ya que poseías el A2. Por eso tráfico te lo ha puesto, no hay ningún error. Espero haberme explicado medianamente bien jeje.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor JaviCR » Sab Jun 29, 2013 5:38 pm


Curso Acceso Guardia Civil

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de-pol.es
Foral_XVIII escribió:Buenos días JAVIBOXX.

Tu "problema" lo tenemos todos. El A2 actual corresponde al A antiguo. Por lo tanto, en su día sacaste el A (2008) que ahora se ha convertido en A2. Y al pasar 2 años, automáticamente se te habilita para la conducción de motocicletas "grandes" (cualquier cilindrada), que ahora se corresponde con el carnet A, ya que poseías el A2. Por eso tráfico te lo ha puesto, no hay ningún error. Espero haberme explicado medianamente bien jeje.



Pues permiteme decirte que estas muy equivocado, el que se saco el permiso A antes del cambio del nuevo reglamento tiene el A a todos los efectos aunque durante los dos primeros años no pudiera coger motocicletas de más de 34cv, pero tiene el A sacado.

No se porque se empeña la gente en equiparar A antiguo al A2 y A+(nomenclarura de tráfico)al A actual.

Como bien dice la sentencia del Tribunal Superior de Navarra que han puesto en pag anteriores la unica equiparación legal y oficial de permisos de motos entre el reglamento del 97 y el actual es la que viene recogida en la disposición transitoria segunda.Sino se estaría aplicando retroactivamente la ley y eso no puede hacerse a no ser que la ley nueva diga expresamente que es retroactiva y el nuevo reglamento no es retroactivo.

Disposición transitoria segunda Equivalencia de permisos y licencias de conducción expedidos conforme a uno de los modelos previstos en el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo

1. Los permisos y las licencias de conducción expedidos conforme a uno de los modelos previstos en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, continuarán siendo válidos en las mismas condiciones que fueron expedidos hasta que finalice su período de vigencia, sin necesidad de ser sustituidos por el modelo de permiso o de licencia de conducción regulado en el presente reglamento.

La sustitución no se realizará hasta que, con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier otro trámite reglamentario, proceda expedir el permiso o la licencia de conducción en el nuevo modelo.

Cuando la sustitución tenga lugar con ocasión de su prórroga de vigencia se sustituirá el permiso o licencia de conducción por el nuevo modelo y su plazo de vigencia será el que corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este reglamento. Cuando la sustitución tenga lugar por cualquier trámite que no sea la prórroga de su vigencia, se expedirá el permiso o licencia de conducción en el nuevo modelo si bien conservará el período de vigencia que tuviera asignado.

2. Los permisos y las licencias de conducción a que se refiere el apartado 1 anterior, equivaldrán:

a) El permiso de la clase A1, al de la clase A1, si bien autorizará a conducir motocicletas sin sidecar de hasta 125 cm³, potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso no superior a 0,11 kW/kg.
b) El permiso de la clase A limitado a la conducción de motocicletas con una potencia de hasta 25 kW o una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, o motocicletas con sidecar con una relación potencia/peso de hasta 0,16 kW/kg, al de la clase A, si bien no autorizará la conducción de motocicletas superiores a las indicadas hasta que tenga una antigüedad de dos años desde que aquél fuera expedido.
c) La autorización a que se refería el artículo 7.3, al de la clase BTP.
d) La licencia de conducción de ciclomotores, al permiso de la clase AM.
e) La licencia que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida, a la licencia que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida.
f) La licencia para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, a la licencia para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, si bien autorizará su conducción aunque su velocidad máxima por construcción exceda de 45 km/h.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor Unforal » Sab Jun 29, 2013 10:14 pm


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materialpolicial.com
JaviCR escribió:El que se saco el permiso A antes del cambio del nuevo reglamento tiene el A a todos los efectos aunque durante los dos primeros años no pudiera coger motocicletas de más de 34cv, pero tiene el A sacado.
Efectivamente, creo que has dado en el clavo.


Voy a hacer un poco de memoria e intentar explicar éste embrollo:

1. Los que obtuvieron antes de 1997 el permiso de conducción, antiguamente denominado A2, que les autorizaba a conducir motocicletas de más de 125 cc. con o sin sidecar, pasaron a poseer el equivalente actual, ahora denominado A, sin tener que hacer nada más, sólo renovar el permiso de conducción por caducidad.
Vamos que los que obtuvieron el permiso A2 con anterioridad a 1997, no tenían de que preocuparse, podían opositar desde el primer momento de haberlo obtenido…(Ya que las modificaciones de los reglamentos no les afectaba, sólo les cambiaba el nombre del permiso)


2. Los problemas comienzan con el primer cambio de Reglamento en 1997, donde las antiguas nomenclaturas (Licencia de conducción, permisos A1 y A2) cambiaron de nombre, así como los requisitos para obtener éstas.
Entre 1998 y el 2009 los que quisieran obtener un permiso de conducción A, equivalente al anterior A2, tenían que acreditar una antigüedad de al menos 2 años en la conducción de motocicletas de menos de 125 cc, y pasado ese tiempo sin superar ninguna prueba más obtenían el A, que ya les habilitaba para conducir motocicletas de más de 125 cc, con o sin sidecar.

El que quería opositar estando en vigor éste reglamento de 1997, una vez acreditados los 2 años en la conducción de motocicletas de menos de 125 cc, podía obtener el permiso A, pudiendo opositar sin problemas.
<<En teoría tenían que obtener el A1 dos años antes de entrar en el cuerpo policial, si querían tener el vigor el A antes de entrar a la academia.>>


3. El tema se volvió a complicar cuando en 2009 salió otro reglamento, ya que otra vez se cambiaba el nombre de los permisos y los requisitos para obtenerlos.

El que obtuvo el permiso A antes del cambio del nuevo reglamento de 2009, tiene el A a todos los efectos, aunque durante los dos primeros años no pudiera coger motocicletas de más de 34cv, pero tiene el A sacado…

Pero aquí es donde se lió del todo el tema: El que opositó después del 2009, con el permiso de conducción A2 en vigor y sin tener todavía el A, no se encuentra autorizado para conducir motocicletas de gran cilindrada, por no haber transcurrido los 2 años necesarios y por no haber superado pruebas de validación.

Con la nueva legislación, estas pruebas son:
"Para obtener el permiso A es requisito el tener dos años de antigüedad en el permiso de la clases A2."
Además hay que realizar con aprovechamiento un curso de 9 horas de Duración.
El curso tendrá una duración de 9 horas lectivas, distribuidas de la siguiente manera:
A) Conocimientos teóricos: tres horas
• A1) Teoría general: una hora y media.
• A2) Concienciación y sensibilización: una hora y media.
B) Practicas:
• B1) Maniobras en circuito cerrado: cuatro horas.
• B2) Circulación en vías abiertas al tráfico general: dos horas.
Las prácticas se realizarán con motocicletas sin sidecar de cilindrada no inferior a 600cm³ y potencia no inferior a 40 Kw.
Por último tendrás que acreditar que has pasado al menos dos horas conduciendo la moto de la autoescuela en tráfico abierto. Y que en esas dos horas has circulado correctamente por ciudad, carretera y autovía/autopista . Una vez cumplimentadas estas fases y tras pagar la tasa correspondiente, la autoescuela expedirá un certificado que acredita que has cumplido con lo establecido y por lo tanto podrás conseguir tu carnet A y conducir la moto que quieras sin limitación ninguna.

Hasta no haber superado éstas pruebas, los poseedores del A2, no pueden obtener el permiso A y por lo tanto no pueden entrar en la academia, si los requisitos no cambian con anterioridad a la convocatoria de la oposición.

Por todo lo expuesto, llegamos a la actual sentencia del Contencioso administrativo, donde indica que el Secretario de la oposición había cambiado los requisitos exigidos a los aspirantes, una vez comenzada la oposición, equiparando (Sin estar autorizado legalmente para ello) los permisos A2 y A para que pudieran entrar en la academia los aspirantes sólo con el A2. Estos aspirantes no reunían las condiciones exigidas al principio de la oposición, ya que no tenían en vigor el permiso A, que les autorizaría a conducir motos de gran cilindrada.(De hecho, no pudieron hacer el curso de moto en la academia con normalidad, ya que no podían realizar pruebas de conducción con las motos de tráfico en las vías públicas, no tenían permiso de conducción que les habilitara)

Lo grave, es que esta irregularidad dejo fuera a otros aspirantes con el permiso A en vigor, que ellos si que podrían haber conducido motos de gran cilindrada en el momento de entrar en la academia y que son los que han recurrido y a los que se ha dado la razón en la última sentencia que aparece en éste hilo.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor JaviCR » Dom Jun 30, 2013 11:25 am



intervencionpolicial.com
2. Los problemas comienzan con el primer cambio de Reglamento en 1997, donde las antiguas nomenclaturas (Licencia de conducción, permisos A1 y A2) cambiaron de nombre, así como los requisitos para obtener éstas.
Entre 1998 y el 2009 los que quisieran obtener un permiso de conducción A, equivalente al anterior A2, tenían que acreditar una antigüedad de al menos 2 años en la conducción de motocicletas de menos de 125 cc, y pasado ese tiempo sin superar ninguna prueba más obtenían el A, que ya les habilitaba para conducir motocicletas de más de 125 cc, con o sin sidecar.

El que quería opositar estando en vigor éste reglamento de 1997, una vez acreditados los 2 años en la conducción de motocicletas de menos de 125 cc, podía obtener el permiso A, pudiendo opositar sin problemas.
<<En teoría tenían que obtener el A1 dos años antes de entrar en el cuerpo policial, si querían tener el vigor el A antes de entrar a la academia.>>


O te he entendido mal o creo que te equivocas en ese punto.

El que se sacaba el permiso de la clase A con el reglamento del 97 no tenía que esperar dos años con el A1 para poder sacarse el A.

Podías acceder al permiso A directamente con una edad mínima de 18 años y automáticamente al obtener el permiso de la clase A se te daba el A1 por ser un permiso inferior.

Reglamento del 97

Artículo 7. Edad requerida para obtener permiso de conducción.

Dieciocho años cumplidos para:

El permiso de la clase A. No obstante, la autorización para conducir motocicletas con una potencia superior a 25 kilovatios (KW) o una relación potencia/peso superior a 0,16 kilovatios/kilogramo), estará supeditada a la adquisición de una experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas de características inferiores a las anteriormente indicadas, pero superiores a las de las motocicletas que autoriza a conducir el permiso de la clase A1.

Artículo 6. Condiciones de expedición, obtención y validez de los permisos de conducción.

2. La obtención de los permisos de conducción que a continuación se indican implicará la concesión de los siguientes:

La del permiso de la clase A implica la concesión de la clase A1.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor Unforal » Dom Jun 30, 2013 1:06 pm


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Efectivamente, me he explicado mal, gracias por la aclaración.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor borjia » Lun Jul 01, 2013 7:25 pm


Haber ke no lo entiendo osea ke si tu has obtenido el permiso antes del 8 de diciembre del 2009 ke fue cuando cambio la norma tienes el a y da igual la antiguedad ke tengas a efectos de oposicion no¿? ya ke el estar limitado da igual a los efectos de oposicion y por tanto los recursos ke te impusieran no irian a ningun sitio no¿?
Hay algun sitio a parte de la disposion transitoria segunda donde venga¿?
Muchas gracias de antemano
borjia
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor v8a84 » Mar Jul 02, 2013 7:52 am


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Borjia, te repito, yo me saqué el carnet A en verano del 2008 y aprobé la oposición en otoño 2008, a día de hoy sigo trabajando, así que no hay ningún problema. En la oposición te piden tener el A, no te piden una antigüedad determinada, por lo tanto aunque lo sacases el día de antes de entrar a la academia sería válido.
v8a84
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor Unforal » Mar Jul 02, 2013 8:21 am


v8a84 escribió:Borjia, te repito, yo me saqué el carnet A en verano del 2008 y aprobé la oposición en otoño 2008, a día de hoy sigo trabajando, así que no hay ningún problema. En la oposición te piden tener el A, no te piden una antigüedad determinada, por lo tanto aunque lo sacases el día de antes de entrar a la academia sería válido.
Eso es así, con la única salvedad de que no podrías llevar moto de gran cilindrada en el trabajo, hasta que no transcurriesen los 2 años con el carnet.
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Re: XX Promoción-CARNET A2 y permisos necesarios

Notapor borjia » Mar Jul 02, 2013 11:43 am


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El problema ke tengo yo es ke me sake el A viejo y me piden el A nuevo pero tp me pueden exigir lo de los 2 años del a2 para obtener el A nuevo y encima preguntas en trafico y te dicen ke tienes el a2 cuando yo obtuve el a limitado y en la oposicion en el plazo de instancias le tenia limitado y no puede ser equivalente al a2 pq nunca le obtuve no existia cuando saque el permiso de moto.Es un lio de la hostia que no lo saben ni en trafico
borjia
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