VIOLENCIA DE GÉNERO

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Re: VIOLENCIA DE GÉNERO

Notapor Nessa » Dom Feb 26, 2012 10:25 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Dos hombres han sido detenidos por la Ertzaintza en Gipuzkoa por quebrantar sendas órdenes de alejamiento que les impiden acercase a sus exparejas, ha informado hoy el departamento vasco de Interior.

El primero de los arrestos se produjo ayer en San Sebastián, cuando agentes adscritos al Servicio de Contravigilancia de Violencia de Género de la Policía vasca que protegían a una mujer víctima de malos tratos localizaron en la zona a su expareja, un varón de 42 años, que fue detenido por infringir dicha orden de alejamiento.

Por otra parte, una patrulla de la Ertzaintza arrestó en la tarde de ayer en Errenteria a otro hombre de 41 años después de que su expareja alertara de su presencia en los alrededores de su puesto de trabajo.

Los agentes identificaron y arrestaron al hombre por quebrantar una orden judicial que le prohíbe estar a menos de 200 metros de la mujer.

http://www.diariovasco.com/20120226/mas ... 61245.html
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El Gobierno endurecerá las penas para los agresores sexuales

Notapor ComisarioRex56 » Dom May 20, 2012 7:18 pm


El Gobierno endurecerá las penas para los agresores sexuales y los reincidentes
ESPAÑA.- El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha explicado hoy a Antonio del Castillo, padre de la joven asesinada en enero de 2009 en Sevilla, cómo los agresores sexuales verán endurecidas las penas por los distintos delitos cometidos.

Con el fin de combatir la peligrosidad de delincuentes agresivos, violadores y pederastas a los que la ley no permite imponer penas indefinidas, el Ministerio de Justicia tiene en estudio una modificación del Código Penal para incluir una nueva medida de seguridad que se añadirá a la lista fijada en la reforma de 2010. Se trata de la custodia de seguridad, que consiste en una medida privativa de libertad y que ya se aplica en estos casos en países como Alemania, Reino Unido, Francia, Austria, Suiza o Dinamarca.

Será impuesta por el tribunal en función de la peligrosidad del autor del delito enjuiciado en la misma sentencia en la que fijará la pena de prisión que corresponda y tendrá una duración máxima de diez años, si bien únicamente se mantendrá su ejecución mientras subsista la peligrosidad del penado.

Esta medida podrá ser impuesta en el caso de delitos graves que conlleven violencia o intimidación, delitos contra la libertad sexual, así como cuando existan antecedentes por otros delitos graves o se reincida tras cumplir la condena, y siempre que, además, se entienda conveniente su imposición tras realizar un pronóstico individualizado de peligrosidad del reo.

Otras reformas

Se suprimirá la figura del delito continuado para los delitos de naturaleza sexual, y se limitará su aplicabilidad en todos los casos con la finalidad de ofrecer a los Tribunales un marco legal que les permita ajustar la gravedad de la pena al número de delitos cometidos y a la gravedad de los mismos.

Por último, la detención ilegal con desaparición forzada, sobre todo en los casos con motivación sexual y con víctimas menores, también se verá agravada para que la pena que se imponga se adapte mejor a la gravedad de la conducta cometida.
http://www.teleprensa.es/nacional/el-go ... entes.html
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Re: VIOLENCIA DE GÉNERO

Notapor Juanete » Sab Jun 23, 2012 8:27 pm


Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Una mujer de 64 años muere apuñalada por su marido en Gijón

Una mujer ha fallecido en la mañana de este sábado en el número 28 de la calle Cea Bermúdez, en Gijón, tras haber sido apuñalada por su marido, en un nuevo caso de violencia de género, según han confirmado a Europa Press fuentes oficiales de la investigación.

El suceso se produjo a las 10.40 horas. La fallecida, de 64 años, responde a las iniciales R.G.F., mientras que el marido, de 66 años, es A.M.S. y ha sido detenido. No tenía antecedentes.
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Duda violencia de género

Notapor Chang_wadee » Mar Jun 26, 2012 7:00 pm


HECKLER & KOCH SFP9

Creada para profesionales
uspsuministros.com
Haber si me podeís resolver esta duda.

En el caso de violencia de género, ¿es obligatoria la presencia de abogado en dependencias policiales para asistencia a la victima de violencia de género aún en el caso que ella no quiera?
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Re: Duda violencia de género

Notapor Severen » Mar Jun 26, 2012 7:49 pm


Chaleco Tactico Policia

militariapiel.es
No es obligatorio la asistencia letrada para la víctima en la tramitación de la denuncia, si bien en algunos sitios como en mi Comisaría, desde la Provincial así como la respectiva Subdelegación del Gobierno de la provincia, se ha instando que en la medida de lo posible (osea que siempre) se realice la denuncia en presencia de un letrado, si bien olvidan que es un derecho de la víctima y el hecho de informarle que en la mayoría de las veces tiene que esperar de media una hora en que el letrado se persone, hace que la víctima se replantee poner o no la denuncia.
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Re: Duda violencia de género

Notapor SuicideCommando » Mar Jun 26, 2012 8:13 pm


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
No, a la víctima se le informa que tiene derecho a abogado de oficio en la tramitación de la denuncia así como en la asistencia al posterior juicio en dependencias judiciales.
Hay que llamar al Colegio de abogados y solicitar asistencia letrada para víctima de violencia de género en asistencia al juicio y (si ella quiere) en la tramitación de la denuncia.
Por lo que lo primero que debes hacer es imprimir el formulario de violencia de género donde constan todos los derechos que le asisten y que te lo firme. Una vez que firme se llama al Colegio.
Una vez que se persona el letrado se debería poner en la denuncia que la víctima solicito asistencia letrada en la tramitación de las presentes, personándose el letrado X con número de colegiado Y
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Re: Duda violencia de género

Notapor Marcote » Mar Jun 26, 2012 8:16 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
No, en ningún caso es obligatoria. Y menos, por supuesto, si ella no quiere.

Échale un vistazo al "Protocolo de actuación y coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y abogados ante la violencia de género regulada en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género", ahí está todo regulado.

Yo en la práctica, desde que se implantó, lo he visto únicamente en un par de ocasiones. Porque recordemos que la asistencia letrada no es gratuita si la víctima puede pagarla, y luego llegan las sorpresas.
"Lo importante no es lo que sepas, sino lo que puedas demostrar"
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Re: Duda violencia de género

Notapor MuMo » Mar Jun 26, 2012 9:38 pm



foropolicia.es
Marcote escribió:No, en ningún caso es obligatoria. Y menos, por supuesto, si ella no quiere.

Échale un vistazo al "Protocolo de actuación y coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y abogados ante la violencia de género regulada en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género", ahí está todo regulado.

Yo en la práctica, desde que se implantó, lo he visto únicamente en un par de ocasiones. Porque recordemos que la asistencia letrada no es gratuita si la víctima puede pagarla, y luego llegan las sorpresas.


Yo en la mayoría de las que he tramitado son con letrado de oficio pero no me queda muy claro eso de que ellas tengan que pagarlo, ya que en sus derechos como víctima se le ofrece ser asistida por letrado de oficio, al igual que en los detenidos, ¿Alguien sabe exactamente si lo tienen que pagar o no?
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Re: Duda violencia de género

Notapor lambo » Mar Jun 26, 2012 11:59 pm


Cartera Porta Placa Ertzaintza

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MuMo escribió:
Marcote escribió:No, en ningún caso es obligatoria. Y menos, por supuesto, si ella no quiere.

Échale un vistazo al "Protocolo de actuación y coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y abogados ante la violencia de género regulada en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género", ahí está todo regulado.

Yo en la práctica, desde que se implantó, lo he visto únicamente en un par de ocasiones. Porque recordemos que la asistencia letrada no es gratuita si la víctima puede pagarla, y luego llegan las sorpresas.


Yo en la mayoría de las que he tramitado son con letrado de oficio pero no me queda muy claro eso de que ellas tengan que pagarlo, ya que en sus derechos como víctima se le ofrece ser asistida por letrado de oficio, al igual que en los detenidos, ¿Alguien sabe exactamente si lo tienen que pagar o no?


En la práctica no sé, pero en la teoría pone algo como "si demuestra que no tiene medios".
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Re: Duda violencia de género

Notapor guelbach » Mié Jun 27, 2012 1:26 pm


MuMo escribió:
Marcote escribió:No, en ningún caso es obligatoria. Y menos, por supuesto, si ella no quiere.

Échale un vistazo al "Protocolo de actuación y coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y abogados ante la violencia de género regulada en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género", ahí está todo regulado.

Yo en la práctica, desde que se implantó, lo he visto únicamente en un par de ocasiones. Porque recordemos que la asistencia letrada no es gratuita si la víctima puede pagarla, y luego llegan las sorpresas.


Yo en la mayoría de las que he tramitado son con letrado de oficio pero no me queda muy claro eso de que ellas tengan que pagarlo, ya que en sus derechos como víctima se le ofrece ser asistida por letrado de oficio, al igual que en los detenidos, ¿Alguien sabe exactamente si lo tienen que pagar o no?


Hola. La Justica en España no es totalmente gratuita. Es cierto que a los detenidos les asiste un letrado de oficio si no lo nombra particular. Pero, no nos confundamos, el letrado de oficio no es "gratis" para el asistido, según qué casos. Si el detenido tiene una renta superior al salario mínimo, el letrado de oficio le pasará la minuta; por el contrario, si no llega a ese salario mínimo, sí le saldrá gratis. En definitiva, el letrado de oficio saldrá gratis si el asistido tiene unas rentas inferiores al salario mínimo; de lo contrario, toca pagar. Cómo y cuándo cobre el letrado es otro cantar. Es el Juzgado el que determina si el interesado debe o no pagar la minuta del letrado de oficio.

Espero haber sido de ayuda y dejar claro lo de la "gratuidad" del letrado de oficio, que normalmente confunde a muchos ciudadanos. :guardiacivil: :policia:
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Re: Duda violencia de género

Notapor MuMo » Mié Jun 27, 2012 3:35 pm


guelbach escribió:
MuMo escribió:
Marcote escribió:No, en ningún caso es obligatoria. Y menos, por supuesto, si ella no quiere.

Échale un vistazo al "Protocolo de actuación y coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y abogados ante la violencia de género regulada en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género", ahí está todo regulado.

Yo en la práctica, desde que se implantó, lo he visto únicamente en un par de ocasiones. Porque recordemos que la asistencia letrada no es gratuita si la víctima puede pagarla, y luego llegan las sorpresas.


Yo en la mayoría de las que he tramitado son con letrado de oficio pero no me queda muy claro eso de que ellas tengan que pagarlo, ya que en sus derechos como víctima se le ofrece ser asistida por letrado de oficio, al igual que en los detenidos, ¿Alguien sabe exactamente si lo tienen que pagar o no?


Hola. La Justica en España no es totalmente gratuita. Es cierto que a los detenidos les asiste un letrado de oficio si no lo nombra particular. Pero, no nos confundamos, el letrado de oficio no es "gratis" para el asistido, según qué casos. Si el detenido tiene una renta superior al salario mínimo, el letrado de oficio le pasará la minuta; por el contrario, si no llega a ese salario mínimo, sí le saldrá gratis. En definitiva, el letrado de oficio saldrá gratis si el asistido tiene unas rentas inferiores al salario mínimo; de lo contrario, toca pagar. Cómo y cuándo cobre el letrado es otro cantar. Es el Juzgado el que determina si el interesado debe o no pagar la minuta del letrado de oficio.

Espero haber sido de ayuda y dejar claro lo de la "gratuidad" del letrado de oficio, que normalmente confunde a muchos ciudadanos. :guardiacivil: :policia:


Claro está, el problema es que a las víctimas de malos tratos por lo menos en todos los casos que yo he visto, no se le dijo que el letrado de oficio lo tenga que pagar ella en caso de que supere el salario mínimo.... y claro ¿que salario mínimo hay que superar? ¿De cuanta cantidad le informamos?
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Re: Duda violencia de género

Notapor Chang_wadee » Mié Jun 27, 2012 5:30 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Gracias a todos por las aclaraciones.
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Re: Duda violencia de género

Notapor guelbach » Mié Jun 27, 2012 5:48 pm



Increibles precios
materialpolicial.com
La cuantía del salario mínimo lo fija el Gobierno anualmente por Real Decreto, valorando una serie de parámetros a nivel nacional. La cuantía para el presente año asciende a 641,40 euros. De todas formas, como ya expuse, el Juzgado es quien decide si el interesado tiene derecho o no a la asistencia gratuita; al letrado de oficio, por supuesto que tienen derecho tanto la víctima de violencia de género como el detenido. Para ello, el interesado debe informarse en el citado Juzgado para que, después de la valoración de su situación global (ignoro si, aparte de su economía, se estudia algo más), se decida si es acreedor a ese derecho.

Nosotros, como agentes de la Autoridad, no tenemos (y no es de nuestra competencia) los datos suficientes para informar si tiene o no derecho a la asistencia gratuita. Nuestro deber es proporcionar un letrado de oficio si es solicitado. No podemos pretender acaparar todas las competencias; de por sí, las nuestras ya son lo suficientemente extensas como para asumir algunas de los Juzgados. Cada Organismo tiene sus responsabilidades y, obviamente, no tenemos respuestas para todo.

En estos casos, pienso que nuestro principal deber es informar de manera clara y concisa los derechos que le asisten como tal, y derivar las cuestiones que no nos competen a los Organismos competentes, quienes, sin duda alguna, les ofrecerán un mejor servicio en el ámbito de sus competencias.

Si la víctima tiene dudas al respecto cuando va a interponer una denuncia, se le puede informar que la presencia del letrado no es determinante, que es un derecho no una obligación y siempre hay tiempo de nombrarlo. En esos momentos necesita más apoyo moral que legal. Y ahí entra en juego el DEMA, que siempre es activado en estos casos y tienen personal que le informarán debidamente de sus derechos y de todo lo que necesite (y es totalmente gratuito en todos los casos).

Saludos :guardiacivil: :policia: .
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Re: Duda violencia de género

Notapor MuMo » Jue Jun 28, 2012 12:03 am



intervencionpolicial.com
Gracias por al aclaración.... un saludo!
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Re: Duda violencia de género

Notapor Nebahupa » Sab Jun 30, 2012 12:36 pm


Academia Acceso Cnp

sector115.es
No es obligatoria. Se plasma en diligencias su negativa a ser asistida por abogado.
Lo que es obligatorio es informarla de su derecho a ser asistida por abogado especialista en VG. Y que puede ser gratuito dependiendo de circunstancias.
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