VIGILANTES EN METRO, RENFE, TRANVIAS ...

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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor charlieromeo » Mié Jul 20, 2011 6:32 pm


Cartera Guardia Civil

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enpieldeubrique.com
Charlie_CNP escribió:En el CNP se tramita como falta de estafa.


Con tu comentario entiendo lo siguiente , sino es lo correcto , espero tu aclaración .

Sí la policía identifica a un individuo por colarse en el tren/metro es una falta de estafa , en cambio , sí lo hace un Vigilante de seguridad o interventor , es una denuncia administrativa , no ?

Un saludo
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor Charlie_CNP » Mié Jul 20, 2011 6:47 pm


charlieromeo escribió:
Charlie_CNP escribió:En el CNP se tramita como falta de estafa.


Con tu comentario entiendo lo siguiente , sino es lo correcto , espero tu aclaración .

Sí la policía identifica a un individuo por colarse en el tren/metro es una falta de estafa , en cambio , sí lo hace un Vigilante de seguridad o interventor , es una denuncia administrativa , no ?

Un saludo


Si el vigilante intercepta al polizón y éste requiere de presencia policial, al llegar allí CNP se le pregunta al vigilante o responsable si se va a denunciar en comisaría, en caso afirmativo se tramitará como falta penal de estafa.
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor charlieromeo » Mié Jul 20, 2011 7:02 pm


Charlie_CNP escribió:
charlieromeo escribió:
Charlie_CNP escribió:En el CNP se tramita como falta de estafa.


Con tu comentario entiendo lo siguiente , sino es lo correcto , espero tu aclaración .

Sí la policía identifica a un individuo por colarse en el tren/metro es una falta de estafa , en cambio , sí lo hace un Vigilante de seguridad o interventor , es una denuncia administrativa , no ?

Un saludo


Si el vigilante intercepta al polizón y éste requiere de presencia policial, al llegar allí CNP se le pregunta al vigilante o responsable si se va a denunciar en comisaría, en caso afirmativo se tramitará como falta penal de estafa.


Lo siento pero no lo veo claro , la denuncia administrativa la gestiona el cliente ( Renfe o Metro ) , se puede abonar en el momento o con la afiliación del individuo se gestiona con el gabinete o departamento especifico de dichas empresa y luego el gobernador civil es el que da el visto bueno a dicha denuncia , la única función que realiza la policía es identificar al infractor .

Además no sé si es correcto utilizar la palabra Estafa en este tema , creo que es más apropiado utilizar la palabra Fraude .

Un saludo
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor Charlie_CNP » Mié Jul 20, 2011 7:32 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
A mí también me chirría un poco la calificación de falta de estafa a colarse sin billete en el metro pero en Madrid ya te digo que si se hace, sobre todo en determinados casos. Supongo que depende un poco del infractor, de su comportamiento, ganas de colaborar, si va identificado o no, de la política de vuestro cliente, etc... Si el vigilante le identifica y éste colabora, pues al final con una denuncia administrativa por vuestra parte es suficiente y es lo que se suele hacer.
De todas formas, a ver si alguien con más experiencia en este tipo de intervenciones te nos lo puede aclarar, porque yo por suerte o desgracia no he tenido que acudir a identificar a ninguna persona por colarse en el Metro.
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor superclass » Mié Jul 20, 2011 10:21 pm


Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
Audiencia Provincial de Madrid, Sección 16ª, Sentencia de 12 Abr. 2011

NO CONSIDERA VIAJAR SIN BILLETE O CON UNO AJENO COMO INFRACCIÓN PENAL

[...] esta Audiencia estima que los hechos declarados probados presentan notas de ilicitud y causación de perjuicio al Metro de Madrid, bajo la forma de lucro cesante. Ahora bien ello, por si solo, no genera la existencia de una infracción penal, pues, de un lado, no concurren otros elementos que exige el ilícito de estafa, cual es la presencia de un engaño precedente, bastante y determinante del desplazamiento patrimonial respecto de la compañía de transporte prestataria en cualquier caso del servicio público indebidamente utilizado por el viajero que impaga el billete y, de otro, porque tal conducta de falta de título de transporte valido está expresamente contemplado como ilícito administrativo en el artículo 24 párrafo tercero del Reglamento de viajeros del Ferrocarril Metropolitano de Madrid, Decreto 115/1993, de 21 de Octubre.

Siendo tal propósito el que determina que se configure como infracción administrativa, como tal sancionable, la expresada falta de título de transporte válido. Dicción que abarca tanto el viajar sin título, como hacerlo con título o cupón correspondiente a otra persona.

[Interpretación que responde al principio de intervención mínima del Derecho Penal que no cabe extender a conductas que, por su menor entidad, tienen un encaje y sanción adecuada en el Derecho Administrativo, el cual da una respuesta mas proporcional que la derivada de una jurisdicción criminal que ha de reservarse para conductas mas perversas y productoras de daños contra los intereses colectivos.

Audiencia Provincial de Valencia, Sección 5ª, Sentencia de 2 Jun. 2003

CONDENA A UN INDIVIDUO POR VIAJAR SIN BILLETE

HECHOS PROBADOS

" Resulta probado y así se declara que el día 10 de Febrero de 2001, Gabriela fue sorprendida por el Agente de la unidad de supervisión e intervención n° NUM000 viajando en uno de los trenes de Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana que realiza el Trayecto Turia-Angel Guimerá, sin disponer del oportuno título de transporte al solicitárselo en la estación de Angel Guimerá. El importe del billete asciende a 0'90 Euros. ".

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

La calificación jurídica del polizonaje en la figura de estafa no ha sido, desde luego, cuestión pacífica en la doctrina, existiendo igualmente sentencias discrepantes de Juzgados y Tribunales, aunque tradicionalmente, en forma mayoritaria, sí se ha considerado siempre incluido tal comportamiento en el tipo penal de estafa. Todos los elementos propios de la estafa, según la definición del artículo 248 del Código Penal, concurren en el caso del polizonaje, a saber, el ánimo de lucro, el engaño, el acto de disposición patrimonial y perjuicio y el error en el sujeto pasivo:

1.- El ánimo de lucro se evidencia por el simple hecho de no satisfacer el precio del billete y utilizar, en cambio, el servicio.

2.- El engaño consiste en aparentar viajar en posesión del preceptivo billete, en contraposición a la confianza que preside el funcionamiento de los servicios públicos, de que todos los viajeros lo hacen habiendo adquirido y pagado el correspondiente billete.

3.- La producción del perjuicio patrimonial se evidencia en el hecho de utilizar el servicio sin pagar su importe, que deja de ingresar el transportista, al tiempo que el usuario que no ha pagado sí ha consumido en beneficio propio parte de aquello que el transportista ha tenido que proporcionar para la efectividad del transporte, pagándolo de su propio peculio, lo cual equivale al desplazamiento patrimonial, con independencia de que la salida del tren o tranvía deba producirse en todo caso a la hora prevista suba o no en el vagón quien no desea pagar el billete, pues en las previsiones del tansportista está calculado el número de pasajeros probable, y el preceptivo pago.

4.- Por lo que se refiere al error en el sujeto pasivo, en los supuestos como el presente, en que se aprovecha la errónea creencia y confianza del cobrador o revisor de que todo está en orden, o se haga creer al empleado que se posee billete, ya mediante la exhibición de uno no válido, ya afirmando que le ha sido revisado anteriormente, ya oponiéndose a su exhibición, o incluso dejando de avisar de inmediato que se está a bordo del vehículo público sin billete por alguna razón justificable, cabe armar que dicho elemento típico concurre.

No cabe duda, por tanto, de que todos estos elementos concurren en la conducta de la acusada, que con pleno conocimiento de que para viajar en los trenes propiedad de Ferrocarrils Generalitat Valenciana FGV., debía anticipadamente proveerse del correspondiente billete, con animo de beneficiarse económicamente con el importe del mencionado billete, viajo en unos de dichos trenes, sin comprar el correspondiente billete y reconociendo ante el interventor, haber saltado la canceladora para no pagar el billete, todo lo cual quedó plenamente acreditado por la prueba testifical realizada en el acto del juicio de faltas, y la documental aportada.

DOS SENTENCIAS CONTRADICTORIAS
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor Xaica30 » Jue Jul 21, 2011 12:34 am



intervencionpolicial.com
Hay bastantes contradicciones en este tema.

Esta claro que para que exista la estafa es necesario que haya engaño "...Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.." articulo 248 del CP.

Hay jueces que consideran que si viajas sin billete no has engañado a nadie para colarte y otros consideran que el engaño consiste en aparentar viajar en posesión del billete, cuando se supone que todos los viajeros lo hacen.

Personalmente creo que es un tema administrativo y no penal, ya que no veo el engaño por ningún lado.


Saludos
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor charlieromeo » Jue Jul 21, 2011 10:26 am


Academia Acceso CNP

sector115.es
Xaica30 escribió:Hay bastantes contradicciones en este tema.

Esta claro que para que exista la estafa es necesario que haya engaño "...Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.." articulo 248 del CP.

Hay jueces que consideran que si viajas sin billete no has engañado a nadie para colarte y otros consideran que el engaño consiste en aparentar viajar en posesión del billete, cuando se supone que todos los viajeros lo hacen.

Personalmente creo que es un tema administrativo y no penal, ya que no veo el engaño por ningún lado.

Saludos


Totalmente de acuerdo , pero creo que la palabra adecuada es Fraude para definir este tipo de infracciones . Lo que esta claro , es que es un tema únicamente administrativo y que hay bastante "flexibilidad" o "impunidad" en este tema porque lo cubre un seguro y a partir de unas estadísticas o cálculos sobre el índice de fraude , se solicita un presupuesto autonómico o estatal , mayor o menor .

Un saludo
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor superclass » Jue Jul 21, 2011 12:12 pm


también he visto doctrina que niega la existencia de la estafa porque no se produce una disposición patrimonial, ya que el tren/metro va a salir de igual forma se compre el billete o no.
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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor superclass » Jue Jul 21, 2011 12:14 pm


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charlieromeo escribió:
Xaica30 escribió:Hay bastantes contradicciones en este tema.

Esta claro que para que exista la estafa es necesario que haya engaño "...Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.." articulo 248 del CP.

Hay jueces que consideran que si viajas sin billete no has engañado a nadie para colarte y otros consideran que el engaño consiste en aparentar viajar en posesión del billete, cuando se supone que todos los viajeros lo hacen.

Personalmente creo que es un tema administrativo y no penal, ya que no veo el engaño por ningún lado.

Saludos


Totalmente de acuerdo , pero creo que la palabra adecuada es Fraude para definir este tipo de infracciones . Lo que esta claro , es que es un tema únicamente administrativo y que hay bastante "flexibilidad" o "impunidad" en este tema porque lo cubre un seguro y a partir de unas estadísticas o cálculos sobre el índice de fraude , se solicita un presupuesto autonómico o estatal , mayor o menor .

Un saludo


Sí, como vemos, la Sentencia que condena este hecho por estafa es del 2003. La más actual del 2011 ya niega la punibilidad de esta acción en el ámbito penal relegándola exclusivamente por vía administrativa.
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Re: Trias quiere a Urbana y Mossos patrullando en el Metro c

Notapor JASAN12 » Lun Jul 25, 2011 12:16 am


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Re: colarse en el tren/metro = delito

Notapor metro123 » Lun Jul 25, 2011 1:00 am


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Como las dos sentencias son de instancias distintas geográficamente, no siendo una superior a la otra, la fecha no es una cuestión que influya en la validez o no de una u otra.

Simplemente, es algo disputado entre los jueces; salvo que haya algún recurso de unificación de doctrina.
Si aceptas el sacrificio, el esfuerzo con constancia, la rectitud sin medida, perdonar con gallardía, exigir con humildad, ayudar sin interés, enseñar con agrado, atesorando honradez, lealtad, audacia, paciencia y sabiduría, serás VIGILANTE
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Notapor ASPIRINA » Vie Jul 29, 2011 9:17 am


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Estamos acostumbrados a ver vídeos del Metro,en el cual nos sacan a los Vigilantes como verdugos,cuando la realidad es que somos victimas.Y situaciones como ésta hay miles.
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Re: Pelea Metro de Madrid

Notapor estresado » Vie Jul 29, 2011 9:52 am


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yo lo que no se es como no hay ningun tipo de sancion a las personas que hacen botellon dentro del metro....alguien sabe algo?
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Re: Pelea Metro de Madrid

Notapor emergencias112 » Vie Jul 29, 2011 10:05 am


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No sé qué esperan que haga un VS solo, bastantes narices le echó para intervenir. El convoy está detenido supongo que permaneció así hasta la llegada de la policía.
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Re: Pelea Metro de Madrid

Notapor charlieromeo » Vie Jul 29, 2011 10:15 am


Gc Edicion 175 Aniversario

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estresado escribió:alcohol+juventud+sabado noche=pelea segura...

yo lo que no se es como no hay ningun tipo de sancion a las personas que hacen botellon dentro del metro....alguien sabe algo?


Estas imágenes se repiten cada fin de semana , incluso peleas campales o de grupos con armas de todo tipo , algunas de ellas han acabado en arrollamientos . Lo que pasa , es que no salen en los medios de comunicación y todo se justifica con que son jóvenes , se drogan , etc ; entonces por culpa de esta mentalidad y la falta de mano dura para mi es normal este tipo de situaciones aunque me cabree porque todo lo que esta pasando es por culpa de la pasividad de los que pueden cambiar esta lamentable realidad , pero como todavía vivimos en el pasado , así estamos .

El botellón esta sancionado , igual que muchas otras cosas . El problema es que los VS vamos en parejas o solos , de manera que es imposible identificar a los infractores , además que solo es una sanción administrativa y que siempre salimos agredidos de este tipo de situaciones por culpa de la filosofía del cliente , de los demás pasajeros y la tonterías que hay en este país , que no ayuda para poder intervenir como de verdad se debería intervenir .

Yo por suerte o por desgracia , he vivido bastante situaciones como estas , donde los VS somos las victimas y tenemos que actuar con "miedo" por culpa de que estamos "atados" de manos , desprotegidos legalmente , además de jugarnos el puesto tanto en el servicio como en la empresa , porque no quieren follones ni mala imagen , además que los VS por culpa de los prejuicios y tópicos nos encontramos en esta situación , después delante del juez lo primero que nos pregunta , prácticamente al entrar en la sala , es lo siguiente : Cuanto Cobras ? Creo que con esta frase lo dice todo .

Después están los "gilipollas" que ven lo que esta pasando y se "indignan" porque el tren esta parado , en vez de "indignarse" con los que han provocado la parada del tren . Espero que apartir de ahora , la gente que no valora el trabajo de los VS , nos valore más , porque esto que habéis visto no es nada .

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