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Sólo tienes un año para hacer reclamacion de cantidad pero eso no quitaría la categoría laboral de Vigilante de Seguridad NOVEL, y deberías demostrar que no tienes que estar en esa categoría (además, en base a qué norma laboral no la tienes?)... Aunque tú ganaras el juicio y posteriores recursos de la empresa, dicha categoría laboral seguiría existiendo ya que lo que tú denuncies es a título particular y no anularía el convenio. De ahí que se tuviera que presentar un
conflicto colectivo. También
para impugnarlo deben hacerlo los sindicatos. Sindicatos que lo han firmado, por otra parte.
Todo esto hablando sin haber leído a fondo la reforma laboral, ya que permite hacer descuelgues de convenios incluyendo los de empresa firmados.
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No obstante, recordemos que solo prevalecerá el de empresa sobre el sectorial en ciertas materias:
el salario y complementos.
las horas extras y los turnos
el horario y la distribución del calendario
la planificación de las vacaciones
la adaptación de la clasificación profesional a la empresa
la adaptación a la empresa de las modalidades de contratación
las medidas para favorecer la conciliación
En el resto de materias seguirá imperando el convenio sectorial."
Pensando como estos empresarios caraduras, el salario del vigilante iría a la baja, acomodándose al del novel y todo arreglado.
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con efectos desde el 12/02/2012, se han incluido como materias que pueden ser objeto de ese descuelgue o de esa inaplicación, las siguientes: jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, funciones cuando excedan de los límites previstos para la movilidad funcional del artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores, e incluso las mejoras voluntarias de la acción de la Seguridad Social.
En estos temas hay un antes y un después desde que se publicó la reforma laboral