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Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 12:56 pm
por jotag
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Buenas tardes a todos. A ver si alguno me puede sacar de dudas.

Se puede convocar una comisión de servicio para un puesto de libre designación en una Unidad donde en teoría las plazas están cubiertas por catálogo??

O para que se convoque la comisión en necesario que haya plazas libres, y luego con posterioridad se convocaría el concurso para ocuparla en propiedad??

No se si me he explicado bien.

Saludos.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 5:16 pm
por davidsanchi
Si. Y si en vez de "convocarlas" se las dan a alguien a dedo sin decir ni pío, más probable aun.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 5:42 pm
por raposo
Como bien dice davidsanchi, no es sólo posible, sino que desafortunadamente, es lo normal.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 6:23 pm
por jotag
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Entiendo entonces que pueden convocar una comisión aunque la unidad en cuestión tenga cubiertas las plazas.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 7:30 pm
por GTB

60?
materialpolicial.com
En una Unidad cuyos puestos de trabajo se proveen mediante libre designación y el catálogo está cubierto al 100%, NO PUEDEN convocar una comisión de servicio salvo dos excepciones:
1 – Que cesen previamente a alguno de los funcionarios que ocupaban la plaza.
2 – Que no todos los funcionarios que ejercen en esa Unidad tienen el catálogo propio de la misma y por lo tanto realmente no está al 100%.

Además el RD 997/89 que regula la provisión de puestos de trabajo en la DGP, deja claro como tienen que ser las convocatorias (incluidas las de libre designación) en el CNP, y la publicación de las mismas en la Orden General es inexcusable, salvo la excepción contemplada en el art. 3 del Capítulo 2, que permite el nombramiento provisional para cubrir la plaza con la obligación de que se convoque públicamente en el plazo de un mes.

Todo lo que se salga de aquí es recurrible por los interesados.

Un saludo.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Vie Abr 04, 2014 10:26 pm
por jotag

intervencionpolicial.com
GTB escribió:En una Unidad cuyos puestos de trabajo se proveen mediante libre designación y el catálogo está cubierto al 100%, NO PUEDEN convocar una comisión de servicio salvo dos excepciones:
1 – Que cesen previamente a alguno de los funcionarios que ocupaban la plaza.
2 – Que no todos los funcionarios que ejercen en esa Unidad tienen el catálogo propio de la misma y por lo tanto realmente no está al 100%.

Además el RD 997/89 que regula la provisión de puestos de trabajo en la DGP, deja claro como tienen que ser las convocatorias (incluidas las de libre designación) en el CNP, y la publicación de las mismas en la Orden General es inexcusable, salvo la excepción contemplada en el art. 3 del Capítulo 2, que permite el nombramiento provisional para cubrir la plaza con la obligación de que se convoque públicamente en el plazo de un mes.

Todo lo que se salga de aquí es recurrible por los interesados.

Un saludo.


Gracias por la respuesta.

Re: Comisión de Servicio - Puesto de LD

NotaPublicado: Dom Abr 06, 2014 2:44 am
por davidsanchi
Academia Acceso CNP

sector115.es
Recurrible?.....seguramente. Que ocurre....seguro del todo. A lo mejor también es recurrible las medalla que la han dado a la Virgen de no sé qué hace poco....cuestion de demostrar que no cumple con los requisitos. Y las de los comisarios que no les caben en el pecho las medallas y, por mucho que miro, no les veo las secuelas de las lesiones, jajaja.