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OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Lun Dic 23, 2013 11:11 am
por cryber
Va a inciar el año con un expediente de regulación de empleo de 151 Vigilantes de Seguridad de Metro de Madrid.

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Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Lun Dic 23, 2013 6:36 pm
por jotxe
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Cuando JZI se hizo con el 75%, a largo-medio plazo,ya se veía lo que iba a pasar.

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Mar Dic 24, 2013 12:12 am
por vipsegur46
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
En 2015 Ombuds no existirá, esa sería la buena noticia, la mala es que cortina ya tendrá otra empresa.

El resumen de esta empresa..... Coger a gerentes, mandos intermedios que no son más que unos pobres hombres sin pajolera idea y hacerles creerse algo,

Saltarse toda la ley teniendo comprado a el comité de empresa y " supuestamente" pagar muchos favores en clubs y sobres para conseguir servicios.

Es por todos conocida la vinculación de esta empresa con el PP.

Nadie se explica como no le retiran la actividad a una empresa que durante muchos años tiene la conflictividad laboral más grande del sector( y eso en este sector ya es difícil ser la más mala) miles de denuncias en los juzgados, inspección de trabajo por no pagar bien, mobbing, una altísima cantidad de trabajadores en baja psicológica y unos cuantos suicidios.

Un comité de empresa UGT, CCOO y USO, que firman eres para doblar ellos la jornada y cobrar el doble.

Esta empresa en Bizkaia y resto del país vasco y Navarra, da para escribir un libro o mejor dicho una enciclopedia.

Pedir los tickets de comidas que no pagas, gasolina, aparcamientos etc..., a los trabajadores para desgravarlo tu creo que no es muy legal.

El secreto para que una empresa te de beneficios debe ser hacerte con un comité de empresa de vendidos, y vagos sin escrúpulos capaces de todo con tal de poder seguir pagandose" supuestamente" sus meretrices, vicios blancos y mantener el negocio de las tragaperras, hay gallegos gordos y calvos y hermanos con cara de pueblerinos( yo soy de pueblo y a mucha honra) dispuestos a todo

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Mar Dic 24, 2013 12:22 am
por jotxe

intervencionpolicial.com
vipsegur46 escribió: hay gallegos gordos y calvos y hermanos con cara de pueblerinos( yo soy de pueblo y a mucha honra) dispuestos a todo

Pero no todos se llaman John :lol:

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Mar Dic 24, 2013 12:23 am
por vipsegur46
Academia Acceso CNP

sector115.es
:risitas:

Jon, Joseba.... Son nombres que confundo a veces... :silbando:

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Mar Dic 24, 2013 9:16 am
por cryber
El consejero delegado de Ombuds es Rodrigo Cortina López, hijo de Antonio Cortina Prieto, que consta como apoderado de la firma y que estuvo muy vinculado a Fraga durante los primeros pasos de Alianza Popular (AP). El hermano de Antonio Cortina y, por tanto, tío de su hijo Rodrigo, es Jose Luis Cortina, comandante del Cesid el 23-F, detenido y encarcelado por su participación en el golpe de estado, aunque finalmente fue absuelto por un tribunal militar.

Entre los consejeros de Ombuds también se encuentra Antonio Eraso Campuzano, de familia noble (a su enlace en enero del 66 acudieron ministros -entre ellos Carrero Blanco-, embajadores, condes, marqueses y hasta el rey Humberto de Italia) y amigo del rey Juan Carlos, con quien compartió infancia en Estoril gracias a la amistad que unía a sus padres con los Condes de Barcelona.

El hermano de Antonio Eraso, Eduardo, es uno de los 71 imputados por el caso Gürtel. Según la policía, Eduardo Eraso colaboró con Correa para desviar las ganancias de la trama a Suiza. Sólo en 2004, según las mismas fuentes, habría sacado de España 18 millones de euros y él se habría embolsado 270.000 euros por estos servicios.

En la reciente adjudicación de los hospitales de defensa se llevó ocho de los diez lotes, lo que suma casi tres millones de euros(con la guinda del pastel, el Gomez Ulla por casi 1 millón)

Fuente: elboenuestrodecadadia.com

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Mar Dic 24, 2013 12:07 pm
por jotxe
Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
El principal problema de esta empresa,no es Cortina,son los que lo rodean.

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Sab Dic 28, 2013 2:51 pm
por cryber
No sé si será una inocentada de la empresa o qué...
______________________________________________________________

Retiran el ERE que afectaba a 151 vigilantes del Metro de Madrid

eleconomista.es | Madrid, 28 dic (EFE).- La empresa de seguridad Ombuds, una de las adjudicatarias del servicio de vigilancia de Metro de Madrid, ha retirado el ERE que afectaba a 151 empleados tras una "larga jornada de negociación" con los sindicatos, ha anunciado hoy la Federación de Servicios Privados de CCOO Madrid.

El Comité de Empresa de Ombuds volverá a reunirse con los representantes de los trabajadores el próximo 7 de enero "con el fin de abordar otro tipo de soluciones para garantizar el equilibrio en su contrata de seguridad con el Metro de Madrid", ha informado CCOO en una nota de prensa.

Esta compañía, adjudicataria desde el pasado mes de junio de 3 de los 8 lotes de seguridad del Metro, mantuvo ayer un encuentro con representantes de CCOO, UGT, USO, ATES, Alternativa Sindical y SIV.

Tras el acuerdo alcanzado, los sindicatos han decidido anular los paros convocados los días 31 de diciembre y 1 de enero en protesta por el ERE, así como la concentración prevista el día 30 a las 10:00 horas frente a la sede de Metro de Madrid, en la calle Cavanilles.

Ombuds tiene más de un millar de vigilantes de seguridad en la Comunidad de Madrid, de los cuales 651 trabajan en el suburbano.

Según CCOO, la empresa planteó ejecutar el ERE ante la reducción de horas del servicio de seguridad que Metro de Madrid planteó en el pliego de contratación.

Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Jue Feb 06, 2014 10:31 pm
por cryber
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desenfunda.com
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Re: OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Vie Feb 07, 2014 7:23 pm
por Justicar
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Dadme tiempo para localizar una sentencia y os cuelgo una sugerencia dedicada a los afectados.

Por cierto, intuyo algún error en el procedimiento. No puedo asegurarlo, porque falta info, pero los afectados habrían bien en contactar con un abogado y que este solicitara la documentación que falta. No, el sigilo profesional no lo ampara todo.

En fin, lo dicho. Necesito un poco de tiempo (mientras escribía esto, he localizado la sentencia) para espulgar la sentencia, y ver si se ajusta a algo que se me ha ocurrido para esto.

Un saludo.

Re: OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Sab Feb 08, 2014 12:37 am
por Justicar
Chaleco Seguridad Cnp

militariapiel.es
Disculpad que pise mi propio post, sólo lo hago para que pueda verse que he añadido info (si edito el anterior, no se activaría "mensaje nuevo"). Dicho esto, sigo.

Id Cendoj: 28079140012013100048 escribió:El Juzgado de lo Social estimó la demanda declarando nulo el despido, decisión que fue revocada por
la Sala de lo Social que determinó la improcedencia del despido. Contra esta última resolución se formaliza
el presente recurso al amparo de un único motivo por infracción del artículo 55.5 b) del ET en relación con el
artículo 14 CE y presenta como sentencia de contraste la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 14
de abril de 2011 . Se trata de un supuesto en el que la actora venía prestando servicios para el INIA desde
el 17/07/07, en virtud de diversos contratos, realizando las mismas funciones. El 01/10/09 le fue notificado
"Preaviso de finalización de contrato" para el 31/10/09. A dicha fecha tenía reconocida una reducción de
jornada por cuidado de su hija, previa petición cursada el 23/10/09 al amparo del artículo 37.5 del ET
. Antes de
ser despedida había presentado reclamación solicitando el reconocimiento del derecho a ostentar la relación
laboral que venía manteniendo como de duración indefinida. La Sala declara que es nulo el despido de la
trabajadora, pues se ha practicado al estar disfrutando del permiso previsto en el art. 37.5 del ET para el
cuidado de un menor, y, además, se ha vulnerado el derecho fundamental a obtener la tutela judicial efectiva,
en su vertiente de garantia de indemnidad.


Este despido fue, finalmente, declarado nulo. Si os fijáis con atención, veréis que la simple vulneración de tutela judicial efectiva era suficiente para que así sucediera. Pero la nulidad ya se la da, también, la protección contra despido que otorga la reducción voluntaria de jornada.

¿Por qué cuelgo aquí el extracto de la sentencia?

Porque ya estáis tardando para pedir, también vosotros, la reducción de jornada por guarda legal (los que podáis hacerlo, claro). No, que se haya dado ya el preaviso no impide que podáis solicitarla. Fijaros en el texto resaltado en negrita. El preaviso NO anula ese derecho. Entre otras cosas, porque hasta que la fecha del despido no se hace efectiva, seguís manteniendo una relación laboral con la empresa.

Con T-O-D-O lo que ello conlleva.

Por cierto…

Estatuto de los Sufridores escribió:Artículo 37. Descanso semanal, fiestas y permisos.

[...]

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.

Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

El progenitor, adoptante o acogedor de carácter preadoptivo o permanente, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario de, al menos, la mitad de la duración de aquélla, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del menor a su cargo afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el informe del Servicio Público de Salud u órgano administrativo santiario de la Comunidad Autónoma correspondiente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años. Por convenio colectivo, se podrán establecer las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.

Las reducciones de jornada contempladas en el presente apartado constituyen un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.


Y para el tema del preaviso...

Estatuto de los Sufridores escribió:Artículo 53. Forma y efectos de la extinción por causas objetivas.

1. La adopción del acuerdo de extinción al amparo de lo prevenido en el artículo anterior exige la observancia de los requisitos siguientes:

a) Comunicación escrita al trabajador expresando la causa.
b) Poner a disposición del trabajador, simultáneamente a la entrega de la comunicación escrita, la indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
Cuando la decisión extintiva se fundare en el artículo 52, c), de esta Ley, con alegación de causa económica, y como consecuencia de tal situación económica no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización a que se refiere el parrafo anterior, el empresario, haciéndolo constar en la comunicación escrita, podrá dejar de hacerlo, sin perjuicio del derecho del trabajador de exigir de aquél su abono cuando tenga efectividad la decisión extintiva.

c) Concesión de un plazo de preaviso de quince días, computado desde la entrega de la comunicación personal al trabajador hasta la extinción del contrato de trabajo. En el supuesto contemplado en el artículo 52.c), del escrito de preaviso se dará copia a la representación legal de los trabajadores para su conocimiento.


Como siempre, esto es un resumen; una pincelada para cuyo desarrollo recomiendo la consulta con un profesional de la abogacía. Pero estoy casi seguro de que esta opción no la ha mencionado ninguno de vuestros sindicatos.

En esta ocasión, no entro en lo lícito de los despidos. Dije lo que dije en su momento, y lo sigo manteniendo. Por cierto, el acuerdo no se ajusta a legalidad y, además, es una trampa. Pero eso ya se lo consultáis al comité de empresa, que (evidentemente) negará lo que comento. Sin embargo, en esta ocasión me pensaré mucho si profundizar en este punto concreto.

Un saludo.

Re: OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Sab Feb 08, 2014 12:54 am
por fegacarb
¿Quieres ser Policía Nacional?

Prepárate con los mejores
joyfepolferes.es
Que disparate de empresa.Y de empresarios. :(

Re: OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Vie Feb 21, 2014 10:24 am
por cryber
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
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Re: OMBDUS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Dom Abr 20, 2014 1:41 am
por kawasiko

foropolicia.es
vipsegur46 escribió::risitas:

Jon, Joseba.... Son nombres que confundo a veces... :silbando:



Todavia sobreviven estos dos???? :confuso: :confuso:

Re: OMBUDS(Todo lo relacionado con)

NotaPublicado: Jue Abr 16, 2015 6:20 pm
por Unforal
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Cierro este tema, y os remito a todos al nuevo foro...

https://www.foropolicia.es/


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