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Duda sobre denuncias

NotaPublicado: Mié Nov 28, 2012 3:24 pm
por GIGI

60?
materialpolicial.com
Tengo una duda razonable, bueno, varias,pero ahi van :
En nuestros boletines de denuncia, en dos apartados diferentes, en uno figura "El agente denunciante/notificador" y en otro "El agente testigo". ¿No debería ser "El Agente denunciante" y "El Agente notificador" como en los boletines del Servei Català de Trànsit?.
¿Y por otra parte, puede un agente que no ha sido testigo de una infracción denunciarla?. Es decir, por ejemplo, en nuestro cuerpo los agentes interinos no disponen de boletin de denuncia, por lo que al observar una infracción, tienen que avisar a los compañeros para proceder a denunciar al infractor. ¿Es lícito?.
¿Se puede denunciar a posteriori?, es decir, una vez comunicado al infractor por parte del agente interino que se le va a denunciar pero sin extender el boletin de denuncia, y hacerselo llegar con posterioridad figurando como denunciante otro agente.
Gracias por vuestras aclaraciones.

Re: Duda sobre denuncias

NotaPublicado: Jue Nov 29, 2012 12:35 am
por BOADIL

intervencionpolicial.com
GIGI escribió:Tengo una duda razonable, bueno, varias,pero ahi van :
En nuestros boletines de denuncia, en dos apartados diferentes, en uno figura "El agente denunciante/notificador" y en otro "El agente testigo". ¿No debería ser "El Agente denunciante" y "El Agente notificador" como en los boletines del Servei Català de Trànsit?.


Esto que dices de los boletines del servicio catalán de trafico,lo desconocía,por lo tanto ni idea, :policia:


¿Y por otra parte, puede un agente que no ha sido testigo de una infracción denunciarla?.

NO,solo podrá confeccionar un boletín,a requerimiento de una denuncia voluntaria de una tercera persona,pero NUNCA con su numero profesional darle veracidad del hecho,pues no lo presencio. :policia:

Es decir, por ejemplo, en nuestro cuerpo los agentes interinos no disponen de boletín de denuncia, por lo que al observar una infracción, tienen que avisar a los compañeros para proceder a denunciar al infractor. ¿Es lícito?.


¿porque no tienen boletín de denuncias?,¿tienen la consideracion de agentes encargados de la vigilancia del trafico?.en cuanto a la denuncia del compañero,que se presenta en el lugar de los hechos a posteriori,NO PUEDE denunciar lo que NO PRESENCIO,solo por lo que le relata el otro agente,pero en ese caso,seria el agente que presencio la infraccion el que debería confeccionar el correspondiente boletín. :policia:

¿Se puede denunciar a posteriori?, es decir, una vez comunicado al infractor por parte del agente interino que se le va a denunciar pero sin extender el boletín de denuncia, y hacérselo llegar con posterioridad figurando como denunciante otro agente.

Como va a denunciar algo un policia que NO presencio los hechos,si no que es lo que le relata otro agente y en este caso interino,vuelvo a lo anterior,el agente interino ¿tiene capacidad legal para denunciar infracciones de trafico? desde mi punto de vista NO,en la Policia Local,los agentes interinos NO tienen competencias para denunciar infracciones de trafico,solo como voluntarias,imagino que en la P.P. y si se aplica la LSV y su procedimiento sancionador,sera lo mismo,salvo que se aplique la Ley de Puertos del Estado,en ese caso sera en las zonas cerradas y restringidas al trafico en general,pues en las zonas "abiertas" se debería aplicar la LSV y no otra,un saludo. :policia:


Gracias por vuestras aclaraciones.

Re: Duda sobre denuncias

NotaPublicado: Vie Nov 30, 2012 7:03 pm
por GIGI
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Mi opinión es la misma que tu, Boadil, es decir, cuando yo no presencio una infracción ni soy testigo de la misma mal puedo extender el boletín como agente denunciante. Otra cosa diferente es que cuando los compañeros de Guardia Civil nos requieren para efectuar algún tipo de denuncias, entonces ellos si figuran en el boletín con su número de T.I.P., pues tienen plena capacidad para hacerlo, y nosotros firmamos como notificadores. En mi opinión es una incongruencia que agentes encargados de la seguridad y vigilancia del tráfico no puedan efectuar denuncias (aunque aqui, por ejemplo, los interinos de la Policia Local si pueden), aunque sean interinos. Pero son nuestros mandos los que nos hacen denunciar en el caso que nos ocupa, lo cual encuentro doblemente incorrecto, primero porque no se debe hacer y segundo porque ellos deberian saber que no se puede hacer. Gracias por tu intervención.

Re: Duda sobre denuncias

NotaPublicado: Vie Nov 30, 2012 8:17 pm
por PalmaPort
Hola,

Aqui en PL de Palma los interinos SI ponen denuncias de trafico. GIGI yo tambien soy de la opinion de que una denuncia solo la pone quien la presencia, asi que solo queda prestarle tu boletin al compañero y que la firme el... Despues si algun "responsable" de la AP decide quitarla pues el Comite que le pida exlicaciones de porque motivo se quitan denuncias de A.A. sin consultarles.