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Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Jue Nov 26, 2009 8:13 pm
por Job314

intervencionpolicial.com
Abro este hilo para tener documentada toda la Legislacion en Materia de Trafico, para mantener actualizados y a modo de consulta a todos los usuarios interesados, ademas de puntualizar en las modificaciones que se vayan realizando a lo largo del tiempo. Segun vaya actualizandose la legislacion este hilo sera actualizado para tenerlo centralizado en el primer mensaje y asi no tener que buscarlo por paginas en el hilo.

Habra dos tipos de acceso, Consulta y Descarga, el primero para consultar los datos unicamente y el segundo para descargar el archivo.

Un Saludo, Job314.


Normativa, Legislación y Modificaciones

Ley de Tráfico

Normativa Basica

- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial || CONSULTA DESCARGA

- Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial || CONSULTA DESCARGA

- Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre Tasas de la JCT, actualizada por Ley 2/2008 de 23 de diciembre || DESCARGA

Modificaciones

- Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en materia sancionadora || CONSULTA DESCARGA

- Instrucción 09/S111 Entrada en vigor nuevo procedimiento sancionador en materia de tráfico (Ley 18/2009) || DESCARGA

- Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la LO 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal en materia de Seguridad Vial || CONSULTA DESCARGA

- Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial || CONSULTA DESCARGA

Reglamento de Tráfico

Normativa Basica

- Real Decreto 2272/1985, de 4 de diciembre, por el que se determinan las aptitudes psicofísicas que deben poseer los conductores de vehículos y por el que se regulan los centros de reconocimiento destinados a verificarlas || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores. || CONSULTA DESCARGA

- Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. NUEVO || CONSULTA

Modificaciones

- Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. || CONSULTA DESCARGA

Ley de Transportes

Normativa Basica

- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. || CONSULTA

- Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable. || CONSULTA

- Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. || CONSULTA

Relacion Codificada de Infracciones

- R.C.I 07/07/08 (No Actualizada segun Ley 18/2009) || DESCARGA

- R.C.I Junio 2009 (No Actualizada segun Ley 18/2009) || DESCARGA

- R.C.I 2010 (Actualizada por nueva reforma de la ley de trafico) || CONSULTA DESCARGA



Legislacion Extraida de:
http://noticias.juridicas.com/
http://www.dgt.es/

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Dom Ene 24, 2010 5:15 pm
por jawbreaker
Academia Acceso CNP

sector115.es
Os dejo el enlace, para que veais la reforma del reglamento general de vehículos. Job, puedes extraerlo e introducirlo en descargas. Destaca el color de los prioritarios en los vehículos de urgencia. Siguen azules para nosotros y amarillos para el resto. Lo que me ha dejado un poco frío es el tema de que los delanteros en motocicletas no deben sobresalir del carenado. Saludos.
enlace

Saludos.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Lun Ene 25, 2010 2:23 pm
por MASAM
jawbreaker escribió:Os dejo el enlace, para que veais la reforma del reglamento general de vehículos. Job, puedes extraerlo e introducirlo en descargas. Destaca el color de los prioritarios en los vehículos de urgencia. Siguen azules para nosotros y amarillos para el resto. Lo que me ha dejado un poco frío es el tema de que los delanteros en motocicletas no deben sobresalir del carenado. Saludos.
enlace

Saludos.


Pues me parece que se les ha ido la pinza al redactarlo, ya que no es de recibo que diga que los vhs policiales llevaran las luces azules y a la vez plasme que dicho vhs puedan llevar, voluntariamente, luces azules.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar Ene 26, 2010 1:42 am
por prodigo
Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
Hola, Masam, se les ha ido el teclado, las "voluntarias" son las rojas. o eso pretendían...
Un salu2

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar Ene 26, 2010 11:36 am
por MASAM
prodigo escribió:Hola, Masam, se les ha ido el teclado, las "voluntarias" son las rojas. o eso pretendían...
Un salu2

Lo sé, por eso digo que se les ha ido la pinza, ya que las azules iban a ser para todos los de emergencias y las rojas voluntarias para FCS.

El caso es que ya hay vehs de emergencias (bomberos y proteccion civil) con luces azules combinadas con las amarilllas.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mié Ene 27, 2010 3:12 am
por Job314
Carteras Portaplaca Desde 9?

Alta calidad, fabricada en piel
desenfunda.com
jawbreaker escribió:Os dejo el enlace, para que veais la reforma del reglamento general de vehículos. Job, puedes extraerlo e introducirlo en descargas. Destaca el color de los prioritarios en los vehículos de urgencia. Siguen azules para nosotros y amarillos para el resto. Lo que me ha dejado un poco frío es el tema de que los delanteros en motocicletas no deben sobresalir del carenado. Saludos.
enlace

Saludos.

Incluido Jaw :wink:

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Lun Abr 26, 2010 11:43 pm
por rober_madrid
Formación Oficial H&K

Formación / tutoriales H&K
uspsuministros.com
hola, buenas noches, quería haceros una pregunta, y es que si conduciendo el coche de mi padre con el seguro a su nombre, podria pasar algo respecto a k me pongan alguna sancion o si el seguro si haria responsable si pasara algo.
SALU2

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar Abr 27, 2010 12:25 am
por prodigo
Pntalon Chester Cnp

29 euros
militariapiel.es
rober_madrid escribió:hola, buenas noches, quería haceros una pregunta, y es que si conduciendo el coche de mi padre con el seguro a su nombre, podria pasar algo respecto a k me pongan alguna sancion o si el seguro si haria responsable si pasara algo.
SALU2

Hola, pues habrá que leer la letra pequeña, pero de momento infracción sancionable, no esta cometiendo, por que esta asegurado. Otra cuestión es que si ocurriera algo, la compañía pagara, pero según la "letra pequeña", tuviera el derecho de repetición contra usted o su padre, pero eso es todo un tema civil.
Un salu2

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar Abr 27, 2010 12:36 am
por rober_madrid
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Muchas gracias prodigo :okguay: , el derecho de repeticion viene en los papeles del seguro ,no? con echarle un vistazo se me despejaran las dudas, verdad?

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar Abr 27, 2010 12:40 am
por prodigo
Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Hola, pues no vendrá en el seguro, pero. si la poliza sólo cubre a conductores con mas de 10 años de experiencia con el permiso de conducir, y usted no los tiene, se esta incumpliendo el contrato, y por lo tanto podran pedirle daños y perjuicios. O que el conductor habitual, sea mayor de 26 y usted es menor, pues se incumple contrato, o según contrato que el único conductor del vehículo es XXX y usted es ZZZ, pues se incumple contrato, vamos cosas de ese estilo. Así que es aconsejable el leerse la letra pequeña.
Un salu2

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mar May 25, 2010 11:44 am
por Alex_r6r

foropolicia.es
Hola.
Tengo una pequeña duda,
Se supone que a partir de hoy, al notificar una denuncia,(extender el boletín) que ya abre el procedimiento sancionador, el denunciado tiene 20 días naturales para pagar y beneficiarse del 50% de descuento, o alegar cualquier cosa.
Pero veo que en los artículos 79,80 y 81 de la LSV 339/90 (ya modificada por la Ley 18/2009) el plazo que dice es de 15 días.
Supongo que será una errata no?

http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... ico002.pdf

Saludos.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mié May 26, 2010 12:51 pm
por Job314
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mié May 26, 2010 5:22 pm
por aitorcugomez
Buenas tardes yo entiendo en la ley que existen dos clases de procediientos para liquidar los expedientes

1. ABREVIADO.
Plazo de 20 días: pago.
No es aplicable a las denuncias por llevar instalado inhibidores de radar o similares
ni para la identificación del conductor responsable de la infracción (art. 65.5 h y j).
Tampoco para: Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar u
otros mecanismos similares encaminados a interferir el correcto funcionamiento de
los sistemas de vigilancia del tráfico; Realizar obras en la vía sin autorización y la
retirada, alteración o deterioro de la señalización; No instalar la señalización de
obras o hacerlo incorrectamente; Incumplir las normas sobre actividades
industriales; Instalar inhibidores de radar o sistemas similares (no los que son de
simple aviso de la posición de sistemas de vigilancia) (art. 65.6).
Significa:
a) Pago con 50%.
b) Renuncia a alegar.
c) Finalización del procedimiento, sin necesidad de resolución expresa.
d) Agotamiento de la vía administrativa.
e) El plazo para la interposición del recurso judicial contenciosoadministrativo
comienza el día siguiente del pago.
f) Firmeza desde el momento del pago con efectos al día siguiente.
g) No computará como antecedentes siempre que sean infracciones leves
o graves sin puntos.
2. ORDINARIO.
Plazo de 20 días: Formula alegaciones.
Plazo de 15 días para identificar al conductor si el vehículo no ha sido parado.
Si en 20 días ni se abona (debe entenderse que es plazo de 20 días del artículo
74), ni se formulan alegaciones – y si la infracción es leve, grave sin puntos o
grave o muy grave notificada en el acto-, la sanción podrá ejecutarse en el plazo
de 30 días.
Sólo cabe el RECURSO EXTRAORDINARIO DE REPOSICIÓN, con carácter
potestativo, en el plazo de 1 mes. Se entenderá desestimado si no hay
contestación en el plazo de 1 mes desde la interposición del mismo. Desaparece el
Recurso de ALZADA.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Mié Mar 02, 2011 10:20 pm
por cherochi
Tengo una duda, sobre si un residente, ¿ puede conducir un vehículo Andorrano en España?. Recuerdo que antes se consideraba una inflación a la LITA. Que normativa se aplica y donde se puede mirar. Gracias por las molestias.

Re: Normativa, Legislacion y Modificaciones

NotaPublicado: Jue Mar 03, 2011 12:19 am
por prodigo
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Hola, pues.. no. debe de matricularlo en España.
Un salu2
PD. ahora tengo un debate interesante sobre impuestos especiales y obligaciones a matricular