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accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Jue Jun 06, 2013 2:53 pm
por celi
Buenos dias, me gustaria saber en caso de accidente de trafico, que situaciones se deben dar para que sea una una falta o un delito? Muchas gracias... un saludo

accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Jue Jun 06, 2013 3:34 pm
por Usgo
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Un accidente siendo culpable del mismo?

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Vie Jun 07, 2013 1:41 pm
por celi
Si queria saber que diferencia hay si provocas un accidente en que se basan para calificarlo como una falta o delito :roll: :roll: :wink:

accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Vie Jun 07, 2013 6:20 pm
por Usgo
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Necesito que especifique.

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Dom Jun 09, 2013 6:37 pm
por celi
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Pues me imagino que segun la gravedad de los daños producidos pero quiero saber cuales son los limites para que vaya por via judicial o simplemente lo arreglen los seguros

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Lun Jun 10, 2013 1:07 pm
por Usgo
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Sigue usted sin mojarse...

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mar Jun 11, 2013 11:37 am
por sattelite
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Vamos a ver, si te refieres a los Delitos de Lesiones o Daños están tipificados en el Código penal (Art. 267 para daños) y (Arts. 147 y ss para Lesiones). Luego tienes una cuantía de corte de 80.000 € para daños y en cuanto a lesiones unas premisas "que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico".

Obviamente que el accidente se tramite por Atestado Policial y sea exigible una responsabilidad penal por imprudencia con un resultado lesivo. Si no hay imprudencia, los daños materiales han de ser cuantiosos para que sobrepase el corte establecido.


No sé si te he podido ayudar, pero la duda es muy genérica.

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mar Jun 11, 2013 7:55 pm
por celi
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perfecto es lo que queria saber, muchisimas gracias

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mar Jun 11, 2013 8:20 pm
por celi

foropolicia.es
Usgo escribió:Sigue usted sin mojarse...



el tipico accidente que el de delante frenó y yo no iba atento y le di por detras, daños materiales pocos pero el cuello del conductor fatal, que me puede pasar a mi por haber provocado el accidente? delito, falta o simplemente lo arreglan los seguros??

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mié Jun 12, 2013 2:35 pm
por Usgo
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celi escribió:
Usgo escribió:Sigue usted sin mojarse...



el tipico accidente que el de delante frenó y yo no iba atento y le di por detras, daños materiales pocos pero el cuello del conductor fatal, que me puede pasar a mi por haber provocado el accidente? delito, falta o simplemente lo arreglan los seguros??


Atendieron el accidente FFCSE?
A criterio del agente que confeccione las diligencias a prevención, por la distracción. Entiendo que su tasa era 0,00 mg/l.
Para lo demás el seguro se hace cargo.

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mié Jun 12, 2013 3:39 pm
por sattelite
celi escribió:
Usgo escribió:Sigue usted sin mojarse...


el tipico accidente que el de delante frenó y yo no iba atento y le di por detras, daños materiales pocos pero el cuello del conductor fatal, que me puede pasar a mi por haber provocado el accidente? delito, falta o simplemente lo arreglan los seguros??


Accidente denominado como Alcance con daños materiales y lesiones en las personas. El herido interpondrá una reclamación a través de su aseguradora contra tu aseguradora. Si la tuya paga lo convenido, no habrá juici, en caso contrario, se abrirá un proceso CIVIL donde se determinarán las posibles indemnizaciones. Estas indemnizaciones son publicadas y revisadas anualmente mediante "Resolución de 21 de enero de 2013, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2013 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación".

En estos casos no hay responsabilidad penal, tu seguro que se hará cargo de todo. La cuantía de la indeminización, como te decía, irá en función de las lesiones que presente el sujeto y de los días de baja médica que presente. Normalmente el forense da un punto si es por lesión cervical, que para un varón de 25 años está entorno a los 786 €. Si permanece 30 días de baja a 58€ = 2526 € (esto es un ejemplo de accidente básico por alcance con lesión cervical leve).

Espero que te sea de ayuda.

Por otro lado, me parece que el objetivo de este y otros foros no es atender consultas particulares sobre accidentes.

Un saludo

Re: accidente... delito o falta?

NotaPublicado: Mié Jun 12, 2013 7:47 pm
por celi
OK muchas gracias, era lo que yo pensaba, :okguay: