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Procede la expulsión?

NotaPublicado: Vie Mar 29, 2013 10:45 pm
por pelayo39
Procede la expulsión de una mujer sin reguralizar si ha tenido un hijo en España hace 4 meses???

Re: Procede la expulsión?

NotaPublicado: Mié Abr 17, 2013 5:00 pm
por sattelite
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NO, negativo.

La Doctrina del Supremo avala el cuidado de un menor por su madre aunque ésta esté ilegal en España en aras de garantizar los derechos adquiridos por el español nacido que no son otros que: ""estar, crecer, criarse y educarse con su madre". Por tanto no cabe desmembrar una familia y expulsar a los dos (madre e hijo) porque no cabe la expulsión de un español (el hijo) y tampoco cabe expulsar sólo a la madre y privar al hijo del derecho a crecer con su madre.

STS 3ª, sec. 5ª, S 26-1-2005, rec. 1164/2001
STS Sala 3ª, sec. 6ª, S 16-10-2000, rec. 2692/1996.

Saludos

Re: Procede la expulsión?

NotaPublicado: Jue Abr 25, 2013 10:13 am
por pelayo39
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La verdad que la están mareando a la pobre mujer y además la están asesorando muy mal.

Gracias por la respuesta tan clara.

Re: Procede la expulsión?

NotaPublicado: Vie Jul 19, 2013 6:59 pm
por alcala
Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
Si se le incoa expediente y tiene ordenada la expulsion PROCEDE, el hecho de tener hijo/a español/a no paraliza, es que no se lo puede llevar con ella, o es que cuando entran a la carcel y tienen hijos dejan de entrar

Re: Procede la expulsión?

NotaPublicado: Lun Jul 22, 2013 11:34 am
por sattelite
Temario Escala Básica

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alcala escribió:Si se le incoa expediente y tiene ordenada la expulsion PROCEDE, el hecho de tener hijo/a español/a no paraliza, es que no se lo puede llevar con ella, o es que cuando entran a la carcel y tienen hijos dejan de entrar



sattelite escribió:NO, negativo.

La Doctrina del Supremo avala el cuidado de un menor por su madre aunque ésta esté ilegal en España en aras de garantizar los derechos adquiridos por el español nacido que no son otros que: ""estar, crecer, criarse y educarse con su madre". Por tanto no cabe desmembrar una familia y expulsar a los dos (madre e hijo) porque no cabe la expulsión de un español (el hijo) y tampoco cabe expulsar sólo a la madre y privar al hijo del derecho a crecer con su madre.

STS 3ª, sec. 5ª, S 26-1-2005, rec. 1164/2001
STS Sala 3ª, sec. 6ª, S 16-10-2000, rec. 2692/1996.

Saludos