Página 3 de 3

Re: Expulsiones Judiciales

NotaPublicado: Jue Mar 12, 2009 5:14 pm
por rikart
Te entiendo, tienes razón, es que no pense en la posibilidad que tu pones por ejemplo, que puede ser que el juez lo ingrese en prision provisional (suele ser 30 días) hasta comprobar si se puede expulsar, y luego sino dejarlo en libertad con o sin fianza hasta la celebracion del juicio. Pero entonces lo que tu comentas jjmm si otra plantilla detiene a este extranjero con posterioridad con pasaporte y lo podemos expulsar en 72 horas, con la sentencia del juzgado de la expulsion judicial ¿nos vale esta sentencia para expulsarlo? ¿Y tampoco habría que pedirle en ese caso autorización de expulsión a ese juzgado, y simplemente comunicarle que ha sido expulsado? Ya que entiendo que el incoarle un nuevo expediente de expulsion administrativo es si lo necesitas internar en el CIE porque no puedes expulsarlo en 72 horas.

Re: Expulsiones Judiciales

NotaPublicado: Vie Mar 13, 2009 12:12 am
por jjmm
Ojo, para expulsarlo no es suficiente con tener la sentencia de sustitutución de pena por expulsión, debes tener el auto que ordene al ejecución de la misma. Si tienes sentencia y auto, no es necesario solicitar autorización, ya que te lo está ordenando en el auto. No obstante, si el auto es de hace bastante tiempo, yo llamaría al Juzgado, no para pedir autorización, sino para estar seguro que el mismo está vigente y no ha sido revocado por algún motivo, como por ejemplo que finalmente haya cumplido la pena, que se halle procesado o penado por otros delitos, etc. Asimismo cuaquier plantilla puede ejecutar la expulsión.

Re: Expulsiones Judiciales

NotaPublicado: Vie Mar 13, 2009 5:08 pm
por rikart
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Ok Gracias por la aclaracion jjmm