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Re: ¿Se puede detener al extranjero?

NotaPublicado: Jue Mar 03, 2011 11:58 am
por GragoCop
Bolsa Tiro

militariapiel.es
¿Entonces en qué casos se puede detener por extranjería a una persona documentada?

Re: ¿Se puede detener al extranjero?

NotaPublicado: Jue Mar 03, 2011 6:34 pm
por MURGUINSON
Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
Básicamente, cuando haya riesgo de incomparecencia, el problema que para determinar eso hay que conocer la ley, tener acceso a bases de datos específicas, saber interpretarlas, iniciar un expediente y que el instructor del mismo tome la decisión mas adecuada a la situación, o en su versión más práctica/operativa, contactar con extranjería y seguir sus indicaciones, con lo cual, la actuación aislada y autónoma de una patrulla no es lo más indicado.

¿Cuando hay riesgo de incomparecencia?

* No hay sello de entrada/visado.

* No tiene un domicilio estable/ no convive con familares directos legales y con cierto arraigo en nuestro país.

* No tiene medios de vida ni ingresos.

* Ha sido objeto de expedientes anteriores (salidas obligatorias, multas...)

* Tiene antecedentes penales/policiales, sanciones...

En general toda circunstancia desfavorable que desvirtúe y se añada a la mera estancia irregular. No hay un número determinado de ellas, cuantas más acreditemos, peor para él.

Re: ¿Se puede detener al extranjero?

NotaPublicado: Dom Mar 06, 2011 1:51 pm
por flyman
Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Murguinson:

Acabo de leer lo más sensato en mucho tiempo referente al tema de la extranjería y la estancia irregular, en lo que acabas de exponer, tanto en la actuación a pie de calle, que es por cierto la que yo practico, como sobre todo en el análisis que haces sobre las leyes, las circulares, y demás cuestiones... No nos dotan de unas directrices inequívocas, sino que son enormemente farragosas y confusas, y luego nos exigen una aplicación que se ciña estrictamente a una fina línea. Sin embargo, estando de acuerdo casi en todo, discrepo en una cosa. Te la expongo por mp, porque no es de consumo público...

Re: ¿Se puede detener al extranjero?

NotaPublicado: Lun Mar 07, 2011 5:06 pm
por COLT52

foropolicia.es
LAMENTABLEMENTE no puedo estar de acuerdo con mi buen amigo "MURGUI" otra vez, el "RIESGO DE INCOMPARECENCIA" viene perfectamente definido el la L.O. 4/2000 reformada por la 2/2009, a saber:
Art. 62:
".................................. principio de proporcionalidad, tomará en consideración las circunstancias concurrentes y, en especial, el riesgo de incomparecencia por carecer de domicilio o de documentación identificativa, las actuaciones del extranjero tendentes a dificultar o evitar la expulsión, así como la existencia de condena o sanciones administrativas previas y de otros procesos penales o procedimientos administrativos sancionadores pendientes.

Esto es "RIESGO DE INCOMPARECENCIA", una situación perfectamente definida por la Ley.-

El resto de motivos son la cosecha o el sentido común de cada uno, PERO, ojo esta Ley tiene poco sentido común, je je je .....

Re: ¿Se puede detener al extranjero?

NotaPublicado: Vie Jun 03, 2011 4:39 pm
por Bel
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
XXII-A escribió:
The Pink Panter escribió:La única solución que puedo ver en todo este proceso que nuestros queridos legisladores modifique el C.P. y añadan algún artículo por ejemplo el 53 le da actual ley de extranjería, o regulen mejor la detención cautelar.


... "Si se traslada en calidad de detenido, esta es la detención preventiva, que posteriormente, cuando el funcionario inicia el expediente de expulsión dispondrá que esa detención preventiva se convierta en cautelar :


Detención Preventiva... Detención Cautelar...
Yo personalmente prefiero no poner apellidos a la privación de libertad, simplemente la llamo DETENCION.
Para no correr riesgos innecesarios me quedo con lo de el HUEVO...
Extranjero indocumentado... a efectos de identificación.
Extranjero Documentado validamente... (salvo casos particulares de Decretos de Expulsión y otros ...) si no me lo dice el instructor del expediente... pueta...

¿No creeis?; Paso de las circulares hechas para engordar estadisticas.
Un saludo a todos.