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CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Lun Dic 20, 2010 11:13 pm
por toyitamon

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materialpolicial.com
buenas, nunca me he inscrito en este foro, aunque siempre os leo, para mantener al día de todo lo que sabeis y opinais...

Mi duda es la siguiente: en mi grupo de extranjería nos ha tocado ver de todo, pero sinceramente en este caso no tengo ni idea cómo resolver. Tengo una solicitud de carta de invitación de un chico español para su novia colombiana, hasta ahí todo bien, revisando la documentación nos hemos dado cuenta que ella aparece como arrendataria del piso (vamos que aparecen los dos), sólo aparece ella en el padrón ( el sigue empadronado en casa de sus padres) y su pasaporte tiene varios sellos de entradas y salidas de España. Registra número de NIE porque ella vino de estudios y se quedó tres años legal hasta que caducó su estancia y pidió el arraigo. El chico dice que ella tiene en trámite el arraigo social, está por resolverse porque van 5 meses desde que ingresó el expediente. el follón es que murió su abuela y a la tia se le fue la pinza, cogió sus maletas y se fue a su país en medio del desespero sin pensar en nada, ahora para volver necesita un visado y para el visado necesita la carta de invitación.

A mi me parece que es un poco raro el caso, darle la carta a alguien que aparece como arrendataria, que aparece empadronada, él es quien se hace cargo económicamente de ella, tiene como acreditarlo, el chico está desesperado porque ella lleva tres meses fuera y vamos, que quiere que regrese ya. Llevan en estee piso desde abril de este año y 2 años de noviazgo, trajo emails, fotos, que es completamente creíble la historia. Además el pibe dice que es la única manera de traerla de vuelta porque no quiere casarse sobre todo si tiene que ir a Colombia a hacerlo ( y le entiendo, yo tampoco iria, joder con el viaje). Mis compañeros dicen que no, yo digo que si.

Qué opinais? ayudadme con esto, no sabemos cómo manejarlo

Gracias....

Re: CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Mar Dic 21, 2010 5:56 am
por COLT52

intervencionpolicial.com
La carta de invitación es para venir de vacaciones y no admiten otros motivos.

Está claro y así queda probado por el alquiler del piso, que el motivo por el que pretende entrar en España es otro distinto al destino de la carta de invitación, por lo tanto según lo expuesto NO SE PUEDE CONCEDER.-

La solución era facil, si el destino de su residencia en España fuera la propia casa del novio.-

Re: CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Mar Dic 21, 2010 6:06 pm
por cas
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Buenas.

Pues, ni que decir tiene amigo Colt que no puedo estar de acuerdo contigo. Al menos no tal y como has expuesto tu respuesta.

Podría de forma oficiosa estar de acuerdo contigo en que en el caso que presenta el compañero, el liquido es blanco como la leche, sabe como la leche, huele como la leche, y por tanto debe de ser leche.

Pero la realidad, es que desde el punto de vista normativo, y ese es el que debe importarme a mí como Instructor de la Carta, es que tengo un deber legal para con esa solicitud, y este no es otro que o destruir la presunción de inocencia y denegar o conceder.

Ah, que la invitada está como arrendataria de un piso? Y qué, que yo sepa eso es no solo posible sino además acorde a la legalidad.

Qué ha sido “residente” como estudiante anteriormente? Y qué, es una opción que regula la norma y que en su caso se concede.

Qué, solicitó arraigo con posterioridad a finalizar sus estudios? Y qué la ley permite tal posibilidad como también la de perseguir la posible situación de irregularidad, si ésta se ha dado.

Es obvio, además, que si repasamos la Orden Presidencial al respecto no veo que tales circunstancias se incluyan entre las posibles para denegar la solicitud que discutimos. Y sí crees que sí, es evidente que deberás de argumentar y motivar tal resolución. Ah y firmarla, claro.

Así, que no estoy de acuerdo con denegar en orden a lo que parece que puede ocurrir, porque lo cierto es que aunque parezca cierto y pueda acabar siéndolo, aun no ha pasado y eso es un concepto en derecho básico.

Ahora bien, sí existe posibilidad de argumentar y motivar la denegación de tal solicitud, de darse unas circunstancias, y ésta para nada se basará en hechos que puedan presuntamente ocurrir, sino en hechos que ya han ocurrido.

Me vais a permitir que me guarde y no explique esta opción en abierto porque no lo considero prudente.

Amigo Colt espero con ansia tu llamada para susurrarme algún improperio al oído.

Toyitamon, si estás interesado en el tema, mándame un privado y te explico.

En todo caso, intuyo que el trabajo “sucio” en todo caso lo va a pasar a hacer el Consulado de España en Colombia, seguro.

Un saludo. ****48278

Re: CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Mié Dic 22, 2010 11:20 am
por satrus
como bien sabemos, la carta de invitación es es documento para entregar en embajada para expedir visado de estancia correspondiente o para entregar en frontera, justifica el alojamiento de la persona en España por el tiempo del visado o la estancia de 90 dias.

mi consejo es indicar que se dirija al consulado de España en Colombia, que exponga la situación y si hace falta la carta porque así se lo dicen allí, expedírsela. en base a que está en tr´mite de autorización de residencia.

Re: CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Mié Dic 29, 2010 3:58 am
por toyitamon
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Gracias a todos por vuestras respuestas,Aún no llegamos a un acuerdo y yo paso de follones, la verdad no le veo problema a dar la carta porque como dice el compañero, seguro en el consulado le dirán que no, pobre chaval, a veces extranjería debería ser menos injusta pero con los casos que se ven y los extranjeros con los que me ha tocado jaleo, creo que a veces pagan justos por pecadores. Una pregunta, cuánto estais tardando vosotros en entregar la carta? alguien dijo que 2 semanas es mucho tiempo y me parece lo justo. O qué pensais?

Re: CASO EXTRAÑO EN CARTA DE INVITACIÓN

NotaPublicado: Mié Ene 19, 2011 6:30 pm
por satrus
en una semana las estamos expidiendo, dependiendo de la salida prevista, la fianza, paises a los cuales se exige visado.