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visado de reagrupacion en regimen comunitario

NotaPublicado: Mié Sep 02, 2009 8:16 am
por branafrancis
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
extracomunitario que fue expulsado hace 3 años con prohibicion de entrada en españa por 10 años en susutitucion de una pena de 3 años de las cuales estuvo año y medio en prision preventiva, posteriormente su esposa adquirio la nacionalidad española y en base a ese marimonio solicito el visado de reagrupacion familiar en regimen comunitario el cual le fue concedido. puede entrar en españa aun teniendo prohibicion de entrada?, el consulado no verifica antes de expedir el visado si el solicitante tiene prohibicion de entrada? que pasa si llega a barajas? lo devuelven aun teniendo un visado valido de reagrupacion en regimen comunitario? pienso que si le han concedido el visado es porque aun con esa prohibicion de entrada tiene derecho a entrar en españa por ser conyuge de española, que se deberia hacer en este caso

Re: visado de reagrupacion en regimen comunitario

NotaPublicado: Mié Sep 02, 2009 2:06 pm
por MURGUINSON

foropolicia.es
El visado solo autoriza a una persona a presentarse en frontera y solicitar la entrada (pero ha de reunir todos los requisitos exigidos a mayores)

Artículo 26. Prohibición de entrada en España.

1. No podrán entrar en España, ni obtener un visado a tal fin, los extranjeros que hayan sido expulsados, mientras dure la prohibición de entrada, así como aquellos que la tengan prohibida por otra causa legalmente establecida o en virtud de convenios internacionales en los que sea parte España.

2. A los extranjeros que no cumplan los requisitos establecidos para la entrada, les será denegada mediante resolución motivada con información acerca de los recursos que puedan interponer contra ella, plazo para hacerlo y autoridad ante quien deben formalizarlo y de su derecho a la asistencia letrada que podrá ser de oficio, y de intérprete, que comenzará en el momento mismo de efectuarse

Yo entiendo que para darle ese visado se le debía con anterioridad haber revocado la prohibición de entrada. Creo que los pasos serían, 1º) revocar la prohibición y 2º) solicitar el visado (no me parece normal que coexistan un visado y una prohibición de entrada)

En los visados convencionales de reagrupamiento familiar de no comunitarios la normativa dice:

2. La Oficina Consular deberá comprobar que el extranjero no figura en la lista de prohibiciones de entrada y,previa valoración de la documentación aportada, enviar un informe sobre la petición de visado a la Dirección General de Asuntos Consulares.
Si el extranjero figura en la lista de prohibición de entrada, el Jefe de la Oficina Consular procederá a denegar el visado sin más trámites.

En el caso de familares de Comunitarios no lo tengo claro.

visado de reagrupacion regimen comunitario

NotaPublicado: Mié Sep 02, 2009 5:00 pm
por branafrancis
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
gracias por la respuesta, de igual forma me quedan dudas de cual seria el procedimento en este caso, entiendo que a los comunitarios y sus familiares directos en este caso conyuge solo se puede denegar entrada cuando exista una amenaza real y suficientemente grave sin que los antecedentes sean causa de denegacion, pero el oficial de fronteras como valora esa circustancia en el momento de aceptar o denegar la entrada? lo que no me queda claro es como le fue otorgado un visado de ese tipo existiendo una prohibicion de entrada en vigor.

Re: visado de reagrupacion en regimen comunitario

NotaPublicado: Jue Sep 10, 2009 12:10 am
por welldone
hola.

esta persona deja de serle aplicable el regimen general de extranjeria. ahora se le aplica el regimen comunitario que prevalece sobre el anterior. con el visado tipo que indicas ( el D) tiene derecho a cruzar frontera y solicitar en el plazo de un mes la tarjeta de residente comunitario. con el visado D no tiene que demostrar, al cruzar la frontera, medios de vida o lugar de alojamiento (si acaso documento de concesion de residencia por familiar comunitario.

cuando la mujer solicito esta reagrupación en la O.E que le corresponderia, alli resolverían positivo aplicando el regimen comunitario.

saludos

Re: visado de reagrupacion en regimen comunitario

NotaPublicado: Vie Abr 08, 2011 3:38 am
por porttnoy
BUenas noches.

Agradecerles el apoyo, da gusto ver que el servicio público está al servicio del público, esto es lo que nos hace una gran nación.

He visto este post, y aunque es de hace años, espero que alguien me pueda responder a lo que me quita el suño.

Mi mujer, a dia de hoy, tiene antecedentes penales en españa, después de estos, y de salir de la cárcel, se vio envuelta en una red de prostitución de la cual salió por medio de la UCRIF de Alicante, en ésta le otorgaron status de testigo protegido. Después de esto solicitó la deportación para volver a su país sin pagar billete, y eso conlleva una prohibición de entrada, después nos hemos casado y solicitado la reagrupación.

Le han concedido un visado por 90 días pero no creo que de turista, pese a que la documentación que se aportó era la solicatada para el visado de reagrupacion... Libro de familia, mi DNI, etc....

Mi duda es,.... cuando vaya a entrar al pais en Barajas... le pondrán problemas?? El Comisario de Alicante me dijo que en caso de haber algún problema le llamara para que el emitiera un informe para que la dejaran entrar pero pienso que con la boda y una visa es suficiente no??

Le pueden impedir la entrada??

Por favor sería urgente la respuesta ya que viene este fin de seamana.

gracias,