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Dar libertad al detenido en dependencias policiales

NotaPublicado: Mar Mar 25, 2014 1:09 pm
por Cop24
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Hola a todos, llevo varios dias discutiendo con compañeros sobre este tema. Cuando tienes un detenido, que ha cometido por ejemplo un hurto (delito), pero es de sobra conocido, da fianza bastante y esta plenamente identidicado, una vez que realizamos las diligencias es puesto en libertad mediante un acta que pasa a disposicion jidicial junto con el Atestado.

Mi duda es: ¿que fundamento juridico tiene eso? Cuando si y cuando no lo podemos poner en libertad?

El art 492 y 520 lecrm si hace referencia a que los agentes pueden ponerlo en libertad o a disposicion judicial, pero en que casos?

Gracias estoy un poco liado con este tema

Re: Dar libertad al detenido en dependencias policiales

NotaPublicado: Mié Mar 26, 2014 12:45 am
por SEBASTIÁN
Si lo pones en libertad , el Juez no se enfadará . Lo ideal es ponerlo en libertad después de tomarle declaración con abogado y firmando un documento de que está enterado y que comparecerá en el Juzgado . Si es conocido ¿ es porque tiene antecedentes policiales y penales ? En ese caso no daría fianza. También si el delito base tiene pena inferior a tres años podríamos tomar esta medida . Resumiendo : no pasará nada por ponerlo en libertad si se le han garantizado el resto de derechos . Hay varias circulares de Fiscalía aconsejando esta medida.

Re: Dar libertad al detenido en dependencias policiales

NotaPublicado: Vie Mar 28, 2014 12:42 am
por Eleazar
En relación al tema: http://lawcenter.es/w/file/view/3493/ar ... policiales , por si os interesa.

Saludos.