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segunda actividad sin destino

NotaPublicado: Mar Oct 16, 2012 2:25 pm
por chaturrian04
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Un policía en segunda actividad sin destino puede ser considerado como agente de la autoridad?, lo digo a la hora de cometerse un delito de atentado contra el mismo. Gracias.

Re: segunda actividad sin destino

NotaPublicado: Mar Oct 16, 2012 9:31 pm
por desterrado
Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Buena pregunta, que dependerá, como todo, de la apreciación de la autoridad judicial. Según lo veo yo gozará de tal protección en el caso de ser agredido, acometido, intimidado gravemente, o recibir resistencia activa también grave, cuando actúa en defensa de la legalidad, o si la agresión se produce debido a su condición de policía, es decir si ve un ilícito penal y actúa en calidad de policía, identificándose y demás si, o si alguien le agrede por la calle debido a su condición, pero si no, no. Exactamente igual que un policía en activo que se en encuentre fuera de servicio y se le de una intervención.

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