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sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Mié Ago 29, 2012 2:41 pm
por entrecoti
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenas compis , pues como siempre , y para ver las distintas opiniones y formas de proceder pregunto....un vehículo circulando , se le da el alto y se observa que el mismo presenta un puente...el vehiculo no presenta síntomas de forzamiento y desconocemos la cuatía del mismo , forma de proceder??
Si el vehículo presenta síntomas de forzacimiento entiendo que cabe en todo caso detención , estamos de acuerdo. Bueno a ver que opiniones hay al respecto un saludo

Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Mié Ago 29, 2012 3:19 pm
por Sigma35

60?
materialpolicial.com
entrecoti escribió:Buenas compis , pues como siempre , y para ver las distintas opiniones y formas de proceder pregunto....un vehículo circulando , se le da el alto y se observa que el mismo presenta un puente...el vehiculo no presenta síntomas de forzamiento y desconocemos la cuatía del mismo , forma de proceder??
Si el vehículo presenta síntomas de forzacimiento entiendo que cabe en todo caso detención , estamos de acuerdo. Bueno a ver que opiniones hay al respecto un saludo

Quién conduce el coche?
O procedería Ud a la detención del legítimo propietario porque este haya decidido hacerle "el puente" a su coche?
Ciao.

P.d.
Lo de "compis" me mata, aqui y en la calle. Somos vagos hasta para hablar...... :-:

sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Mié Ago 29, 2012 3:55 pm
por Usgo

intervencionpolicial.com
Con la crisis las puestas en marcha que rompan, se van a quedar igual..
Sobre todo si el vehículo tiene unos años...


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Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Mié Ago 29, 2012 4:20 pm
por entrecoti
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Ok Compis, me queda mas claro un saludo y gracias.

Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Mié Ago 29, 2012 5:49 pm
por Cuervoo
Desconozco el procedimiento a realizar en casos donde se duda de que el valor venal del vehículo supere los 400€, pero voy a hacerte un apunte acerca de la "fuerza en las cosas" en los casos de robo y hurto de uso de vehículos a motor.

En estos casos la fuerza en las cosas se presenta como una cualificación del tipo básico y es independiente que se realice para acceder al lugar (como es necesario que ocurra en los robos comunes), o sobre el mismo objeto robado (forzando la cerradura, rompiendo la ventanilla, etc...) y dicha cualificación aparece tanto para el delito (art. 244.2), como para la falta (art. 623.3 2º párrafo). Por tanto, eso de que síntomas de forzamiento implica en todo caso detención, de eso nada...

Saludos

Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Vie Ago 31, 2012 11:39 pm
por oposittorr
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Pues la verdad que dificilmente un vehiculo en condiciones normales baje de 400 euros, aun asi el agente que se encuentra en el lugar seguro que en principio podria hacer una valoracion....y estoy seguro de que no seria dificil...por lo demas, y suponiendo que el vehiculo es sustraido, la LECrim obliga a detener al delincuente infraganti, asi que bajo mi punto de vista la detencion no es un derecho sino una obligacion...que despues pudiera quedar en libertad a jucio del instrucotr pues hay no voy a entrar....un saludo

Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Sab Sep 01, 2012 1:24 pm
por Cuervoo
Discrepo de ti Oposittorr... por faltas no se puede detener, vale que hay por ahí sentencias muy bonitas que dice que delincuente engloba a quien realiza delitos y faltas etc... pero por esa regla de tres cuando se pilla a alguien in fraganti cometiendo una falta de hurto se le detiene???

En cuanto a lo del valor del vehículo hay que mirar el valor que tiene hoy y no el de compra... Vale que en coches puede ser difícil un valor inferior a 400€, pero imagina un ciclomotor con varios años y medio destrozado... El agente no puede (ni es su cometido) valorar la cuantía, pero si el bastante probable que el valor sea inferior a 400€ (a ojos de cualquiera), en mi opinión la mejor actuación sería no detenerlo e imputarle el delito (no la falta), explicarlo en el atestado y ya que el juez haga lo que quiera...

Saludos.. y a ver más opiniones..

Re: sobre robo de vehículos

NotaPublicado: Sab Sep 01, 2012 4:02 pm
por oposittorr
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Cuervoo escribió:Discrepo de ti Oposittorr... por faltas no se puede detener, vale que hay por ahí sentencias muy bonitas que dice que delincuente engloba a quien realiza delitos y faltas etc... pero por esa regla de tres cuando se pilla a alguien in fraganti cometiendo una falta de hurto se le detiene???

En cuanto a lo del valor del vehículo hay que mirar el valor que tiene hoy y no el de compra... Vale que en coches puede ser difícil un valor inferior a 400€, pero imagina un ciclomotor con varios años y medio destrozado... El agente no puede (ni es su cometido) valorar la cuantía, pero si el bastante probable que el valor sea inferior a 400€ (a ojos de cualquiera), en mi opinión la mejor actuación sería no detenerlo e imputarle el delito (no la falta), explicarlo en el atestado y ya que el juez haga lo que quiera...

Saludos.. y a ver más opiniones..

Hola, pero yo no me referia a que fuera una falta, hablo de delito, la detencion por faltas ya sabemos que requisitos tiene, pero vamos en principio no hay ningun problema en practicar la detencion si en principio se tiene mas o menos claro que supera los 400 euros. A mi juicio si yo observo a una persona infraganti con un vehiculo sustraido lo detengo al instante sin perjucio como dije antes de que despues practicadas las diligencias se hiciera una puesta en libertd, un saludo.