MASAM escribió:mamsat escribió:
tambien hay mucho "civil" qeu alquila cosas y qeu se quedan con el dni en deposito, tambien he visto a muchos "civiles" qeu trabajan en gasolineras, quedarse el dni en garantia mientras tu llenas el deposito...
Esto es como todo, si a mi no me gusta dejar el dni cuando alquilo unas botas de esqui, pues una de dos, o no la alquilo o lo hago en otra tienda.
--ILEGAL...ningun particular, por mucho que alquile cosas, puede quedarse
"en deposito" ("en deposito de que"?)...--
"Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización."--...lo que si pueden es establecer una cantidad XX en deposito....
....asi como las gasolineras.......ninguna puede quedarse con la documentación
"en garantia" (
"en garantia de que"? de pago?? )....y si profundizamos mas en el tema gasolineras podemos comprobar que, como garantia de seguridad lo que SI pueden establecer es el pre-pago.
--"Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización."--
--"La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes."--
---------------------------------------------------------------------------
Para empezar se trata de una fotocopia lo qeu aqui se pide, pero ahondando en los ejemplos expuestos, creo qeu confundes algo, y es que nadie priva a nadie de nada, ¿nunca has dejado qeu tu cartera la guarde tu mujer en su bolso? ¿esto seria una ilegalidad por parte de tu mujer?, lo qeu trato de decir es que una privacion es algo mas qeu la cesion voluntaria y temporal de un efecto.
¡ojo! qeu no justifico este sistema por que a mi tampoco me parece bien, pero lo que tengo claro es qeu cuando a alguien le piden el dni o las gafas de sol y su propietario accede voluntariamente a dejarlas, NO SE PUEDE CULPAR AL CEDIDO de apropiacion sino en base a los supuestos establecidos, y la cesion voluntaria no es una de ellas siempre que se devuelva cuando se solicita.
Caes en el mismo error qeu argumentan ciertos personajillos qeu dicen qeu no entregan el dni a un policia por qeu es personal e intrasferible y nadie puede privarles de su propiedad y es qeu aqui, al igual que en los otros supuestos o en cualquier otro efecto NADIE priva de su propiedad, siempre y cuando el titular lo ceda voluntariamente sin mediar violencia intimidacion fuerza etc... y este fuese devuelto cuando se lo pida, en ese caso no hay ilicito por ninguna parte, y te vuelvo a poner el ejmplo de la cartera, mi mujer mi cartera para guardarla en el bolso o a un amigo para qeu la guarde en la mochila cuando voy a la piscina y en estos supuestos yo estaria cediendo mi dni y mi mujer o mi amigo no cometerian ningun ilicito. Otra cosa es qeu luego no quisieran devolvermelo.
Respecto a lo que dices de "en deposito de que?" pues en deposito de lo qeu le da la gana (un error por que no vale para nada), pero el arrendador es muy libre de poner las condiciones que quiera y el arrendatario de aceptarlas si le parecen bien o de no aceptarlas si no esta conforme, ejemplo en el alquiler de pisos hay quien pide aval bancario, la ley no lo pide, pero quien este interesado en ese piso ya sabe lo qeu tiene qeu pedir, y si vas con qeu es ilegal, pues seguramente ya no seras de interes para el arrendador... y es que quien vende es muy libre de poner las condiciones que considere y quien compra, de comprar o no, si a mi me dicen qeu me alquilan un atico en serrano,de 90 metros por 100€ pero tengo qeu hacer el pino puente, seguramente lo haga y luego de regalo vailo el hula hop, aunque sea una peticion ilegal yo accederia voluntariamente por mi propio interes, si yo accedo voluntariamente es un acuerdo entre particulares ¿donde esta la ilegalidad?
Pero aqui en cualquier caso se habla de una fotocopia de DNI ¿donde esta prohibido pedirla o darla voluntariamente? tic, tac, tic, tac.