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Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Vie Jun 07, 2013 5:22 am
por porman
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militariapiel.es
Hola. Según el art. 203 del CP, los delitos de allanamiento de personas jurídicas y establecimientos públicos, es delito el entrar con violencia e intimidación en un establecimiento público.
Según esto si una persona quiere entrar en un bar amenazando al dueño o se niega a salir de el con amenazas violencia etc, estaría configurando el delito y podría detenerse? Esto podría traducirse también a un hospital? etc

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Vie Jun 07, 2013 10:06 pm
por CNP2008
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1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y multa de seis a 10 meses el que entrare contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público fuera de las horas de apertura.
(La entrada tiene lugar fuera de las horas de apertura, descartándose el empleo de violencia o intimidación. Si la conducta consiste en permanecer en los lugares mencionados contra la voluntad del titular, fuera de las horas de apertura, el hecho constituye la falta del artículo 635, que se sanciona con las penas de arresto de uno a cinco fines de semana y multa de uno a dos meses. Por lo tanto, es atípica la entrada o permanencia en lugares abiertos al público dentro de las horas de apertura, pues no existe atentado a la intimidad.)

2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, el que con violencia o intimidación entrare o se mantuviere contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil o local abierto al público.
(La entrada o permanencia se produce con violencia o intimidación, que se pondrá de manifiesto sólo cuando el titular ofrezca resistencia o trate de impedir la permanencia del sujeto activo, siendo posible que la acción típica se produzca tanto dentro como fuera de las horas de apertura.)

porman escribió:...Según esto si una persona quiere entrar en un bar amenazando al dueño o se niega a salir de el con amenazas violencia etc, estaría configurando el delito y podría detenerse? Esto podría traducirse también a un hospital? etc

Sí.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Vie Jun 07, 2013 11:18 pm
por porman
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Con esto entiendo q sí se podría detener

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Sab Jun 08, 2013 12:45 am
por Duelsinth

foropolicia.es
porman escribió:Con esto entiendo q sí se podría detener


Sí. Además, no es necesario que la violencia o intimidación se ejerza sobre el titular del establecimiento. Puede recaer sobre otra persona.

Un saludo.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Sab Jun 08, 2013 7:23 pm
por djolbap
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coas de estas pasan todos los días en bares, el típico metepatas que está alterando el orden en el bar, el dueño lo invita a que se marcha y este se niega y encima lo intimida e incluso le empuja, solución que se suele hacer, parte de intervención y si quiere que denuncie por las amenazas y lesiones, por que?? si con el C.Penal en la mano cabría la detención perfectamente, son cosas que no entiendo en el día a día, o si se hacen así por algo en especial, pero esta claro que si nos ceñimos a la ley, cabe detención.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Sab Jun 08, 2013 7:41 pm
por porman
Es un delito que prácticamente no se utiliza. Yo supongo que es por desconocimiento.
Esto se puede aplicar a bares, hospitales, ayuntamientos, empresas etc, como lo veis?

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Dom Jun 23, 2013 4:29 pm
por *Carlos*
.
-- Sí, cabe la detención, pero me aseguraría de que el titular del negocio, o empresa, -víctima- denunciara el hecho en comisaría en ese mismo momento, a fin de llevarme al infractor detenido. Si no es así, si no existe una colaboración hacia los agentes por parte del agraviado, pues nada, me limito a expulsar al tipo del local y a hacer el parte de intervención con los datos de filiación del mismo, entregándolo seguidamente en la Odac, por si la víctima cambia de parecer y decide denunciarlo transcurridas unas cinco horas, por ejemplo.

-- Lógicamente, si soy testigo de unas amenazas graves del individuo hacia el titular del local detengo a aquél sin más, no siendo en este caso necesaria la denuncia del agraviado, si bien, explicaría en la comparecencia el motivo por el que éste no deseó denunciar.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Lun Jul 08, 2013 7:07 pm
por Manran
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
A ver si me podeis aclarar una dura que tengo:
Se puede entrar en un domicilio el cual los moradores lo tienen destinado una parte de él a un comercio ilegal?

Gracias.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Mié Jul 10, 2013 12:39 am
por porman

60?
materialpolicial.com
Yo actuaria como si fuese un domicilio. No me arriesgaría mucho.

Re: Delito allanamiento de establecimiento público.

NotaPublicado: Jue Jul 11, 2013 2:09 pm
por Manran

intervencionpolicial.com
gracias por tu respuesta.
Pero mi duda es esa. Estamos de acuerdo que es un domicilio, pero la excepción es que en una de sus habitaciones ejerce una actividad comercial, la cual, se encuentra abierta al público.