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Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de munición

NotaPublicado: Sab Mar 30, 2013 5:25 pm
por jcgopeker
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Hola a todos, aprovecho en este mismo mensaje para saludar desde las Islas Canarias.

Queria exponeros una cuestión, pertenezco a un cuerpo de policia local de las islas y la cuestión es que hace X años el ayuntamiento nos dotó de las armas reglamentarias, pero nunca nos compró munición, es decir nunca nos dieron una dotación de cartucheria para el uso profesional, ni ningun otro tipo de munición.

La cuestión es que nosotros en su momento hace años buscamos cartucheria de compañeros de X cuerpos y hasta el momento estamos trabajando con cartucheria:

1º que es antigua algunas balas del año 1987 y las mas nuevas del año 2005
2º no tenemos dotación de cartucheria oficial
3º no realizamos practicas de tiro desde hace mas de 5 años.

¿Podriamos los agentes "negarnos" o no portar las armas por carecer de la cartucheria para ello? ¿ Se pueden portar las armas sin munición? ¿ Nos pueden obligar a portarlas vacias sin balas?

Espero no molestar con estas cuestiones a nadie, nada mas lejos de mi intención, gracias por la respuestas.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 3:34 am
por tsahal
La verdad es que me parece una situación absurda, de sainete o vodevil...una pistola sin munición es un peso inútil, es algo increíble e intolerable.

En teoría debéis llevar de dotación la munición que el ayuntamiento os ponga como reglamentaria, lo de negarse a llevarla supongo que depende de si, como pasa en el CNP, asumisteis el compromiso o no cuando entrasteis en el cuerpo.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 5:14 pm
por Charlie_CNP
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Qué cosas! Supongo que jamás habréis hecho ni una práctica de tiro al no tener munición... :confuso:

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 5:20 pm
por BandidoGC
:confuso: A veces pienso que ya nada puede sorprenderme pero siempre surge algo nuevo que me saca del error.

Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de munición

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 6:13 pm
por Blackhawk02
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¿Y que lleváis en el cargador?,¿flores?.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 6:21 pm
por tsahal
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Blackhawk02 escribió:¿Y que lleváis en el cargador?,¿flores?.


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Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Dom Mar 31, 2013 7:42 pm
por TALOS
Chaleco Guardia Civil

militariapiel.es
:shock: :shock:

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Lun Abr 01, 2013 7:03 pm
por 4809
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Me quedo alucinado de lo que leo, quien habrá sido el campeón que compra armas y no munición. En esta situación yo creo que podréis portar cualquier munición que sea apta para el uso policial, ya que en vuestro ayuntamiento no os han dotado de ella, un poco como si fuera para vuestra arma reglamentada. Entiendo esto porque vosotros como particulares si que podréis llevar la que mejor os parezca, y como ellos no os la han dotado pues no os pueden exigir la de dotación en caso que tuvierais un altercado. Pero todo esto son suposiciones mías, la verdad es que penalmente no tendrías ningún problema ya que vuestra licencia ampara el uso de dichas armas y la munición, siempre y cuando se ajuste al reglamento de armas, y tampoco lo veo en el disciplinario ya que ellos no os la han facilitado. A las preguntas que formulas de si os pueden obligar a llevarla pues seguramente si, pero sin ninguna lógica, si vosotros os podéis negar a llevar arma, pues seguramente no, topo depender de vuestros estatutos.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Lun Abr 01, 2013 7:33 pm
por Charlie_CNP
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Yo sigo preguntándome si os han instruido en el manejo de las mismas, porque si no os han dado ni un cartucho es que nadie os ha enseñado a utilizarlas y eso ya es de traca. Lo de los ayuntamientos de este país es de vergüenza.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Lun Abr 01, 2013 9:31 pm
por Nemo

foropolicia.es
Un ejemplo más del circo de país-
En mi caso, CNP si llevará munición distinta a la de dotación reglamentada entregada por el Cuerpo en caso de usarla seguramente no cubra mi responsabilidad civil, pero en vuestro caso que no os han dado es para darle mil vueltas.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Lun Abr 01, 2013 9:42 pm
por Charlie_CNP
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Nemo escribió:Un ejemplo más del circo de país-
En mi caso, CNP si llevará munición distinta a la de dotación reglamentada entregada por el Cuerpo en caso de usarla seguramente no cubra mi responsabilidad civil, pero en vuestro caso que no os han dado es para darle mil vueltas.


Según la lógica y lo que yo tengo entendido, puedes usar una munición de las mismas características o menos lesiva a la de dotación sin tener mayor problema.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Mar Abr 02, 2013 12:33 am
por Zetaonce
Charlie_CNP escribió:
Nemo escribió:Un ejemplo más del circo de país-
En mi caso, CNP si llevará munición distinta a la de dotación reglamentada entregada por el Cuerpo en caso de usarla seguramente no cubra mi responsabilidad civil, pero en vuestro caso que no os han dado es para darle mil vueltas.


Según la lógica y lo que yo tengo entendido, puedes usar una munición de las mismas características o menos lesiva a la de dotación sin tener mayor problema.

Eso he oido decir a mi instructor. Mientras sea de las mismas caracteristicas no deberia haber probpema. Lo de menos lesiva ya no lo tengo yo tan claro.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Mar Abr 02, 2013 12:53 am
por tsahal
mmm, no hay nada reglado al respecto, asi que todo queda en manos del tribunal que caigas..

En principio, fuera de servicio puedes llevar la munición que puedas comprar como particular, o la que tengas de dotación.

Lo del problema de los compañeros sin cartuchos, hombre, tienes obligación de usar los medios que te dan, asi que si no te dan cartuchos tu no tienes porque ponerlos...de todos modos su situación es absurda, es como si les hubieran comprado coches sin ruedas.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Mar Abr 02, 2013 1:33 am
por Truman
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Como ya han comentado, la capacidad de soprender de nuestros políticos no conoce límites.

Yo creo que negarse a portar el arma no podrán hacerlo por ser parte de los elementos o herramientas de dotación previstos para realizar sus funciones. Pero el problema no está en portar el arma, si no en ¿qué munición usar?. Podemos escribir que la que más se asemeje a la de dotación, ¿pero cuando no hay munición de dotación a la que asemejar, cual portas?. Creo que lo suyo sería a través de los sindicatos o de manera individual, hacer un informe de esta situación al Jefe de la Policía Local en cuestión, Informe con su sello de entrada y registro, y si este no resuelve el problema al concejal de turno, y de ahí al alcalde. Pero todos siguiendo las pautas establecidas, con entrada y registro de los documentos. Y si la respuesta sigue siendo la misma, la callada, empezar a sacar el tema a la luz en los medios de comunicación e implicar a los concejales de la oposición.

Re: Portar arma reglamentaria careciendo de dotación de muni

NotaPublicado: Mar Abr 02, 2013 3:03 am
por jcgopeker
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Gracias a todos por vuestras respuestas, como comentan compañeros, el tema es que en el caso de que utilicemos el arma con munición no dotada por nuestro ayuntamiento, ¿ podríamos quedarnos sin cobertura de responsabilidad civil ? visto la forma de actuar de nuestros gobernantes yo particularmente tengo claro que me van a dejar solo y con el culo al aire en el supuesto caso de que tenga que usarla, no me fío de los políticos.

Sobre las reiteradas preguntas de si tenemos la pericia mínima o suficiente para usarlas con total seguridad, he de ser crítico con nuestra penosa situación, y reconocer que la práctica da la pericia en este caso, y estar años sin disparar, tengo que reconocer que no la tenemos, ni de lejos.

No podemos negarnos a portar la armas que nos han sido dotadas, eso lo tenemos claro según la Ley de coordinación de policías locales de Canarias, pero en mi humilde entender, tampoco podemos portar munición que no ha sido dotada por nuestra propia administración, con el consiguiente control de la munición tanto de dotación para el servicio, como la de practicas de tiro.

¿ Es correcto que un agente de policía salga a servicios en la vía pública sin munición ?

Yo creo que negarse a portar el arma no podrán hacerlo por ser parte de los elementos o herramientas de dotación previstos para realizar sus funciones. Pero el problema no está en portar el arma, si no en ¿qué munición usar?. Podemos escribir que la que más se asemeje a la de dotación, ¿pero cuando no hay munición de dotación a la que asemejar, cual portas?. Creo que lo suyo sería a través de los sindicatos o de manera individual, hacer un informe de esta situación al Jefe de la Policía Local en cuestión, Informe con su sello de entrada y registro, y si este no resuelve el problema al concejal de turno, y de ahí al alcalde. Pero todos siguiendo las pautas establecidas, con entrada y registro de los documentos. Y si la respuesta sigue siendo la misma, la callada, empezar a sacar el tema a la luz en los medios de comunicación e implicar a los concejales de la oposición.


gracias por la respuesta Truman, la veo muy acertada y no se aleja mucho de lo que teníamos en mente.

gracias a todos.