Vehiculos con Matricula Extranjera

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Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor botaalta » Lun Ene 20, 2014 12:27 am


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Hola.
Estoy buscando información sobre la forma de proceder ante vehículos con matrícula extranjera, siendo el propietario residente en España.
Lo que es por Ley de Seguridad Vial no veo nada al respecto, así que haber si me podeis echar un cable. Y ya de paso si teneis algún formulario/denuncia que me pueda descargar.

Gracias.
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor TrendMicro » Lun Ene 20, 2014 12:37 am


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A ver si te sirve.

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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor SEBASTIÁN » Lun Ene 20, 2014 1:45 pm


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¿ pues si tu preguntas , que eres especialista? :guardiatrafico:

Creo recordar que eran 6 meses de plazo de estancia del vehículo en España . Por lo de hacienda .El problema es demostrar que lleva más de 6 meses.
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor sattelite » Lun Ene 20, 2014 5:56 pm


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Conductor NO RESIDENTE.

Hola. Cuando el conductor NO es residente, puede circular por España durante 3 meses en situación de simple estancia y otros 3 (6 en total) si solicita la residencia. Si NO solicitase la residencia, debe abandonar pasados los 3 primeros meses que aludíamos antes. En cuanto al coche, si se detiene el vehículo pasados esos 6 meses se formularía denuncia por el artículo 1.1.5 A del RGVeh, procediendo a levantar la correspondiente acta al código aduanero. Seguidamente se procedería a su inmovilización y para levantar la inmovilización nos debería de aportar un oficio de aduanas, con las placas temporales y el correspondiente seguro.

Conductor RESIDENTE.

Si el conductor es residente se aplica la LIE, 30 días desde que fija la residencia e inicia su utilización aquí en España o 60 días si es por traslado de residencia. Si ya era residente, verificar la fra. de compra o fecha de introducción en España. Si dicha fecha no constase fehacientemente, se considerará como fecha de inicio de su utilización la que resulte ser posterior de las dos siguientes: 1. Fecha de adquisición del medio de transporte o 2. Fecha desde la cual se considera al interesado residente en España o titular de un establecimiento situado en España. Todo ello en aplicación del Art. 65.1 d) de la Ley de Impuestos Especiales en concordancia con la Disposición Adicional Primera.

- Se redactaría Acta de inmovilización a Aduanas concediendo un plazo de 5 días para su regularización. Si pasados 5 días no te presenta el pago del Impuesto (Modelo 576), procedería inmovilización y depósito hasta que te presente el Impuesto, formulando además Boletín por Art. 1.1.VEH. El vehículo saldrá del depósito con el impuesto satisfecho, las placas temporales verdes o definitivas y el SOA en vigor.

Te recomiendo que fijes un criterio de actuación entre tu Jefatura, tú Oficina Provincial de Aduanas y tu Jefatura Provincial de Tráfico. No en todas las provincias se actúa igual y no en todas las provincias vale el mismo protocolo. Quizá la LIE y el RVEH esté claro, pero por acuerdos particulares entre algunas Jefaturas de Policía y JPT, se actúa de otro modo, pero únicamente en lo que al depósito de vehículos se refiere. Es decir, en algunas plantillas cuando tienen conocimiento de que un vehículo lleva más de 30/60 días (según el caso) proceden a inmovilizar por REG.VEHICULOS y no ponen a disposición de Aduanas, sobretodo si el coche es viejo y se presume que NO va a satisfacer el pago y es posible que MUERA en el depósito municipal, creando un perjuicio para el Ayuntamiento y teniendo que tramitar como RSUrbano. Otro cantar es cuando hablamos de vehículos de ALTA GAMA. Esos seguro que proceden al pago del impuesto y por tanto, no hay problema en inmovilizar por LIE y VEH.

Espero que sea de utilidad la explicación.
Última edición por sattelite el Mar Ene 21, 2014 5:30 pm, editado 1 vez en total
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor Usgo » Lun Ene 20, 2014 10:10 pm


CNP Modelo Squad

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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor SEBASTIÁN » Mar Ene 21, 2014 1:01 pm



foropolicia.es
más claro el agua :aplauso:
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor prodigo » Jue Ene 23, 2014 5:36 pm


Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
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Hola, amigo satelite, tenemos un pequeño debate abierto sobre esta cuestión. Así que prepárate para este verano que vamos a batirnos el cobre. Pero vamos que como siempre dejas las cosas meridianamente claras.
Amigo botalta, no se a que cuerpo perteneces, pero por el avatar, entiendo que pertenece a la GC. Pues en SIGO tenéis un protocolo especifico para este tema. No me diga como se llama pero le digo que esta..... de hecho, DEPOSITO muchos vehículos por orden de aduanas, en virtud de vuestro protocolo que tienen la mala suerte de pasar por mi condado, y al pasar datos, sale la orden de precinto y deposito.
Un salu2
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor botaalta » Jue Ene 30, 2014 12:47 am


prodigo escribió:Hola, amigo satelite, tenemos un pequeño debate abierto sobre esta cuestión. Así que prepárate para este verano que vamos a batirnos el cobre. Pero vamos que como siempre dejas las cosas meridianamente claras.
Amigo botalta, no se a que cuerpo perteneces, pero por el avatar, entiendo que pertenece a la GC. Pues en SIGO tenéis un protocolo especifico para este tema. No me diga como se llama pero le digo que esta..... de hecho, DEPOSITO muchos vehículos por orden de aduanas, en virtud de vuestro protocolo que tienen la mala suerte de pasar por mi condado, y al pasar datos, sale la orden de precinto y deposito.
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La verdad es que no nos metemos mucho en SIGO, solo para cumplimentar la papeleta y poco más. Lo estuve buscando una vez ahí y no encontré nada.
Y para el que diga que valla "especialista", como dice alguno, decir que este tema no es muy específico de Tráfico, lo único que quiero meterle mano a todos estos extranjeros que no pagan los impuestos como el resto de españoles. No es una denuncia de Tráfico a la Ley de Seguridad Vial.

Por cierto, alguien me podría pasar el Acta/denuncia.

Gracias.
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor prodigo » Jue Ene 30, 2014 1:14 am


Hola, el acta seguro que por la intranet, la encuantras. en cuanto al procedimiento, si no estoy equivocado, es la catalogación empieza por H. Como comprenderás no voy a dar mas datos del SIGO, por aqui. Pero lo que si te puedo decir, es que a mi ya me saltan bastantes ordenes de precinto, por denuncias vuestras y anotadas en sigo.
Sinceramente sin que este acreditado no puedo facilitarle mas datos.

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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor Davidtra » Dom Feb 09, 2014 1:08 am


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Entiendo las respuestas que dais. Pero y si el vehículo es conducido por una persona española que no es la titular del mismo (pongamos que el titular es un familiar mio portugues y me ha dejado su vehículo durante 5 meses)? Cómo lo voy a matricular si no soy el titular?

Un saludo
Davidtra
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor Dr. Fate » Dom Feb 09, 2014 3:12 pm


Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
Entonces, por ejemplo, un ciudadano de nacionalidad rumana que está residiendo en España (por ejemplo, desde el 01 de junio de 2013), lo cual se acredita mediante el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, ¿tendría un plazo de 30 días contados desde que introduce su vehículo con placas de Rumanía para matricularlo con las placas de España?
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor sattelite » Dom Feb 09, 2014 10:18 pm



intervencionpolicial.com
Davidtra escribió:Entiendo las respuestas que dais. Pero y si el vehículo es conducido por una persona española que no es la titular del mismo (pongamos que el titular es un familiar mio portugues y me ha dejado su vehículo durante 5 meses)? Cómo lo voy a matricular si no soy el titular?

Un saludo


Con una autorización por escrito del titular otorgando poderes para realizar gestiones en su nombre. Y si el titular no le quiere aportar ese documento, cuando la policía le inmovilice el coche en el depósito y le pida el Modelo 576 pagado y con este modelo el Pc temporal y placas verdes, pues ya se moverá usted para iniciar los trámites si quiere recuperar su vehículo.

Para ahorrarse todo esto, no conduzca más de 30+5 días un turismo matriculado en la UE, sea suyo, de su familiar o de un amigo.

Saludos
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor sattelite » Dom Feb 09, 2014 10:20 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Dr. Fate escribió:Entonces, por ejemplo, un ciudadano de nacionalidad rumana que está residiendo en España (por ejemplo, desde el 01 de junio de 2013), lo cual se acredita mediante el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, ¿tendría un plazo de 30 días contados desde que introduce su vehículo con placas de Rumanía para matricularlo con las placas de España?


Correcto. Si constatamos que es residente, una vez que el rumano introduzca el turismo en España, dispone de 30 días para pagar el Impuesto Especial y matricularlo.
sattelite
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor Dr. Fate » Dom Feb 09, 2014 10:30 pm


sattelite escribió:
Dr. Fate escribió:Entonces, por ejemplo, un ciudadano de nacionalidad rumana que está residiendo en España (por ejemplo, desde el 01 de junio de 2013), lo cual se acredita mediante el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, ¿tendría un plazo de 30 días contados desde que introduce su vehículo con placas de Rumanía para matricularlo con las placas de España?


Correcto. Si constatamos que es residente, una vez que el rumano introduzca el turismo en España, dispone de 30 días para pagar el Impuesto Especial y matricularlo.


Muchas gracias por la información.
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Re: Vehiculos con Matricula Extranjera

Notapor Dr. Fate » Mar Feb 11, 2014 2:12 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
En el caso de que las placas NO pertenezcan al EEE y el titular del vehículo haya obtenido la residencia legal en España, ¿ya no podría circular con ese vehículo hasta que proceda a matricularlo con placas españolas? o en este caso, ¿también se le da el plazo de 30/60 días?
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