Oposiciones Cnp 2013 |
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prodigo escribió:Hola, pues yo escribi, y remiti copia del atestado a GC y CNP. Me explico, según doctrina jurisprudencial, aunque es escasa, algo hay de alguna AP y alguna instancia superior, como indica para que se de el tipo penal, ademas de "usurpar" el nombre de dicha persona, debe de haber disfrutado de los derechos que dicha persona posee. Llegados a este punto, al ser extranjero extracomunitario, para mi es imposible corroborar que dicha persona existe en un país tercero.
Pero ademas, no facilitó dicha filiación para obtener el NIE, sino que en un control especifico de extranjería, en el cual iba indocumentado, se le reseño y se abrió expediente con los datos que facilitó verbalmente, asi que; sinceramente dudo mucho que terminen imputandole dicho delito.
Lo que mas dudas me generó fue la denuncia que le puse en su día, la cual firmo con ese otro nombre, de ahí que escribiera, ya que estaría creando un perjuicio a esa "supuesta" persona si es que existe con esos nombres y apellidos.
El pasaporte era bueno. sellos en su sitio, reacciones UV, microfibrillas, OCR... vamos le realice un buen control del documento y es bueno.
Trataré de hablar con su señoría a ver que me puede decir, y como lo va a enfocar, así como tambien tratare de enterarme que decide el juez que lleva el expediente de expulsion.. pero eso ya lo veo mas dificil.
Un salu2
Hola, estoy de acuerdo con vd.
En mi caso todas las usurpaciones de estado civil iban parejas a que el acusado había hecho uso de los derechos reconocidos al sujeto cuyos datos habían sido utilizados; el más común, hacerse un contrato laboral con un tercero de buena fé y darse de alta en la SS, trabajándo así con la filiación de otra persona.
Sí, sólo le quedaría la comprobación que puede hacer el Juzgado de los datos que dió de la otra persona, oficiar a la SS, al INEM etc... pero es mucha comprobación para pocos efectos y escasas probabilidades de éxito, tardaría más en llegar el asunto a Juicio que un expediente de expulsión "para casa".
Lo más probable es que archiven o se quede en "out order" hasta la expulsión, que motivos tiene y muchos el Juez para acordarla.
Por favor explíqueme en que queda todo al final; me gustaria saberlo.
Un saludo ¡