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Desinquieto68 escribió:No sería la primera persona condenada por hechos parecidos, arma encasquillada que no consigue disparar etc aunque se mirarán más cosas como el elemento volitivo y la capacidad de la persona, en el entendido de que no encajan otras excusas absolutorias. Sin tener en cuenta el trabajo que puedan hacer tanto el ministerio fiscal y abogado defensor sobre aspectos meramente procesales.
El ejemplo para una tentativa inidonea de homicidio o imposible es matar al que ya estaba muerto, por no encontrarse el elemento típico "matar", aunque algunos autores (pocos) quieren situar este último ejemplo en una tentativa inidonea incompleta.
Duelsinth escribió:Desinquieto68 escribió:No sería la primera persona condenada por hechos parecidos, arma encasquillada que no consigue disparar etc aunque se mirarán más cosas como el elemento volitivo y la capacidad de la persona, en el entendido de que no encajan otras excusas absolutorias. Sin tener en cuenta el trabajo que puedan hacer tanto el ministerio fiscal y abogado defensor sobre aspectos meramente procesales.
El ejemplo para una tentativa inidonea de homicidio o imposible es matar al que ya estaba muerto, por no encontrarse el elemento típico "matar", aunque algunos autores (pocos) quieren situar este último ejemplo en una tentativa inidonea incompleta.
La inidoneidad en la tentativa puede referirse bien al medio empleado (arma descargada) bien al objeto sobre el que recae la acción (el clásico caso que citas de matar al ya muerto). Ambos casos son perfectamente punibles.
Imaginemos que A quiere asesinar a B, para lo cual espera a que B esté dormido, se dirige a su dormitorio y le descerraja dos tiros en la cabeza mientras yace en la cama. La autopsia determina después, contra todo todo pronóstico, que B casualmente había fallecido una hora antes de recibir los disparos, mientras dormía, y como consecuencia de un infarto cardíaco fulminante. O sea, muerte natural. Además, la autopsia también determina que los disparos habrían sido mortales de necesidad. Resultado: A es condenado por tentativa de asesinato, pues A, movido por un dolo de matar (animus necandi) más que evidente, realizó todos los actos que de él dependían para que objetivamente (desde el punto de vista de un observador externo y en una valoración ex ante de los hechos) se produjera el resultado muerte, no produciéndose este resultado por causas ajenas a la voluntad de A (pues el sujeto pasivo-objeto del delito -B- ya estaba muerto, desconociendo A esta circunstancia). Todo lo anterior en aplicación del artículo 16 CP. Hay autores que defienden una condena en estos casos por el delito consumado ya que el resultado muerte se habría producido igualmente de no haber fallecido B antes de la acción de A...pero por las mismas también cabría sostener la absolución ya que la causa real de la muerte está totalmente desconectada de la acción de A...En fin, que la solución más acertada parece la intermedia, castigando por tentativa, como efectivamente sostienen la mejor doctrina y la jurisprudencia. Coloquialmente: A intentó matar y no mató. Lo intentó. Tentativa pues.
Un saludo!
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Duelsinth escribió:Está claro que todo es opinable pero comparar, como haces, el intentar matar con una pistola de agua o con unos supuestos poderes de Marte, con el intentar matar con medios efectivamente letales al que ya estaba muerto de antes desconociendo esta circunstancia el autor....pues no parece muy acertado. Al margen de cuestiones técnicas jurídico-penales, hay poderosas razones de política criminal para castigar el segundo caso y dejar impune el primero.
Buscaré doctrina y alguna sentencia para ponerla aquí.
Un saludo.
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SEBASTIÁN escribió:Y ahora yo aporto una cuestión técnica : una pistola sin cartucho en la recámara NUNCA podrá matar a alguien ( salvo por un infarto claro , o por un golpe con la empuñaduta en la cabeza ) .
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Desinquieto68 escribió:Duelsinth escribió:Está claro que todo es opinable pero comparar, como haces, el intentar matar con una pistola de agua o con unos supuestos poderes de Marte, con el intentar matar con medios efectivamente letales al que ya estaba muerto de antes desconociendo esta circunstancia el autor....pues no parece muy acertado. Al margen de cuestiones técnicas jurídico-penales, hay poderosas razones de política criminal para castigar el segundo caso y dejar impune el primero.
Buscaré doctrina y alguna sentencia para ponerla aquí.
Un saludo.
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Lo hago yo y lo hacen muchos penalistas, igual que intentar matar a un muñeco de goma o de trapo, son ejemplos de delitos imposibles.
El tipo (penal) lo que regula y castiga es el hecho de matar, el hecho de matar es posible siempre que la persona se encuentre viva y lo haga, lo intente o lo prepare con medios efectivamente letales independientemente de que esos medios por alguna razón desconocida por el autor fallen, como por ejemplo no estar municionada la pistola, o habersele encasquillado etc.
Si la persona ya se encontraba muerta es imposible que se de el verbo matar del tipo, y ya con eso se impide subir más peldaños en la teoría jurídica penal quedando impune la acción de idealizarlo, prepararlo, intentarlo, es atípico.
Al menos es así de momento desde el plano totalmente teórico pues no conozco que se haya dado el caso, ni que exista sentencia ni jurisprudencia al respecto, pero si la encuentra encantado de seguir debatiendo.
Las razones de política criminal o la idea que cada uno pueda tener de como se deban castigar cada una de las acciones es muy loable, pero ahí entraríamos en el campo de lege ferenda o de cambios legislativos que se escapan de la mayoría de los mortales y en definitiva el derecho penal es lo que es con lo restrictivo que supone su interpretación.
Un saludo
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Duelsinth escribió:Desinquieto68 escribió:Duelsinth escribió:Está claro que todo es opinable pero comparar, como haces, el intentar matar con una pistola de agua o con unos supuestos poderes de Marte, con el intentar matar con medios efectivamente letales al que ya estaba muerto de antes desconociendo esta circunstancia el autor....pues no parece muy acertado. Al margen de cuestiones técnicas jurídico-penales, hay poderosas razones de política criminal para castigar el segundo caso y dejar impune el primero.
Buscaré doctrina y alguna sentencia para ponerla aquí.
Un saludo.
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Lo hago yo y lo hacen muchos penalistas, igual que intentar matar a un muñeco de goma o de trapo, son ejemplos de delitos imposibles.
El tipo (penal) lo que regula y castiga es el hecho de matar, el hecho de matar es posible siempre que la persona se encuentre viva y lo haga, lo intente o lo prepare con medios efectivamente letales independientemente de que esos medios por alguna razón desconocida por el autor fallen, como por ejemplo no estar municionada la pistola, o habersele encasquillado etc.
Si la persona ya se encontraba muerta es imposible que se de el verbo matar del tipo, y ya con eso se impide subir más peldaños en la teoría jurídica penal quedando impune la acción de idealizarlo, prepararlo, intentarlo, es atípico.
Al menos es así de momento desde el plano totalmente teórico pues no conozco que se haya dado el caso, ni que exista sentencia ni jurisprudencia al respecto, pero si la encuentra encantado de seguir debatiendo.
Las razones de política criminal o la idea que cada uno pueda tener de como se deban castigar cada una de las acciones es muy loable, pero ahí entraríamos en el campo de lege ferenda o de cambios legislativos que se escapan de la mayoría de los mortales y en definitiva el derecho penal es lo que es con lo restrictivo que supone su interpretación.
Un saludo
En la misma línea que en su post anterior, usted compara ahora, y sostiene la misma solución jurídica (juicio penal de atipicidad) para los siguientes casos:
- Intento real y efectivo de matar a una persona que estaba muerta creyendo el autor que estaba viva
- Intento de matar a un muñeco de goma o de trapo
Igual que cuando antes comparaba el asesinato del premuerto con el intento de homicidio con una pistola de agua.
Venga mójese y díganos si en conciencia cree usted que todos estos casos merecen igualmente la impunidad por atipicidad. Si usted fuera juez y le pusieran delante al autor del caso que planteé antes (A quiere asesinar a B mientras duerme y para ello le dispara en la cabeza pero B, casualmente, ya había muerto antes de un infarto cuando dormía), ¿le diría usted a A: mire le absuelvo de toda culpa ya que B ya estaba muerto cuando usted le disparó y por tanto era imposible que usted lo matase, lo mismo que si hubiese querido matar a un muñeco?
Y recuerde que no cabría tampoco condenar por delito contra la memoria de los difuntos (profanación de cadáveres del art. 526 CP) ya que respecto a este delito se daría error de tipo invencible por desconocer el autor la condición de cadáver de B. O condena por asesinato (tentativa eso sí) o absolución....Venga mójese.
Nuestros conocimientos jurídicos deben servir a un interés superior, cual es la consecución del valor Justicia, dentro del marco de interpretaciones posibles de la Ley. Porque a veces nos enredamos en complicadas teorías jurídicas y en complicada terminología legal y nos olvidamos de la finalidad de todo ésto.
Un saludo.
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astartes escribió:De forma un poco paralela a esto...
Cómo se trataría judicialmente el caso de alguien que vaya a asesinar a su víctima, la apuñale o dispare, la víctima se haga la muerta y por ello el autor desista en su intento y se marche, pensando que ya ha logrado su objetivo de matarla?
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