Cartera porta placa CNP |
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1 ) Cuando un ilegal lleva pasaporte y tiene domicilio ya no se le detiene, solo se informs al GOE para incoar expediente ordinario. ¿Qué lo diferencia del preferente? ¿ No se le detiene en ningún momento de la tramitación?
2) Cuando un ilegal ya fue expulsado y volvió, procede acuerdo de devolución..¿Pero hay que pedir nueva autorización o vale la que se dio en su día?
3) Respecto a comunitarios solo es posible la expulsion aministrativa por seguridad, orden o salud públicos, pero no sé mucho más. ¿Sabéis cómo funciona? Y más concretamemte, ¿conlleva prohibición de entrada? Este caso es el más chungo de los tres.
En los tres casos me refiero a expedientes administrativos, no a expulsiones juficiales.
Ahí queda esto. Saludos