Tintado de lunas...

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Tintado de lunas...

Notapor Myke 92 » Jue Feb 07, 2008 7:26 pm



foropolicia.es
Primero hola a todos los compañeros del foro, se la primera vez que posteo algo, de momento solo me habia limitado a leer pero esta vez tengo una duda y no he encontrado donde resolverla.
Esta claro que el parabrisas delantero no se puede tintar asi como las lunas anteriores. Pero en el caso de que se lleven tintadas las posteriores y el parabrisas traser sin homologación, como se denunciaria?????, se podria mandar a una ITV extraordianaria????
Última edición por Myke 92 el Lun Feb 11, 2008 3:51 am, editado 1 vez en total
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Notapor agusbonfire » Jue Feb 07, 2008 9:47 pm


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Esto lo he sacado de un post anterior, toma nota y si no echate un vistazo al tema LUNAS DELANTERAS TINTADAS.

Chanquete escribió:


Está prohibida la instalación de láminas adhesivas homologadas en la luna delantera, de conductor y copiloto.


Artículo 19 del Reglamento General de Vehículos (RD 137/1993). Visibilidad en el vehículo.

1. La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos.

Únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias.

No obstante, la utilización de láminas adhesivas en los vehículos se permitirá en las condiciones establecidas en la reglamentación de vehículos.

La colocación de los distintivos previstos en la legislación de transportes o en otras disposiciones deberá realizarse de forma que no impidan la correcta visión del conductor.

2. Queda prohibida, en todo caso, la colocación de vidrios tintados o coloreados no homologados.

3. Las infracciones a las normas de este precepto serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.[/b]
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Notapor Myke 92 » Vie Feb 08, 2008 12:32 pm


Era una duda con la que llevaba un tiempo, gracias compañero.
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Notapor edus » Lun Feb 11, 2008 10:41 pm


he leido algo sobre unos adhesivos para lunas transparentes que evitan robos, aunque el caco rompa el cristal, el cristal queda de una pieza, creo que se usa en rallies para seguridad de los pilotos, y queria saber si este adhesivo si se podria utilizar en la calle, esta claro que si esta bien puesta, no se puede detectar, pero seria legal?
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Notapor Omega74 » Jue Feb 14, 2008 1:24 am


Curso Acceso Guardia Civil

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edus escribió:he leido algo sobre unos adhesivos para lunas transparentes que evitan robos, aunque el caco rompa el cristal, el cristal queda de una pieza, creo que se usa en rallies para seguridad de los pilotos, y queria saber si este adhesivo si se podria utilizar en la calle, esta claro que si esta bien puesta, no se puede detectar, pero seria legal?


Legal no se si sería, pero como tengas un accidente y tengas que salir del coche por una ventanilla ya me dirás como lo haces...
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Notapor edus » Vie Feb 15, 2008 1:13 am


Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
la lamina se pega por dentro, por lo que , si desde fuera empujas, no consigues nada, pero quiza, si una vez estalle el cristal, empujas desde dentro, supongo que lo sacaras entero para fuera.

Manana un amigo lo instala, preguntare al que lo instala a ver como es la historia, cuesta 50 euros por puerta, y si es efectivo, pues sale a cuenta, que a mi entre cristal roto, radio rota y navegador robado... me hicieron toda la gracia :(
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Notapor edus » Vie Feb 15, 2008 2:18 pm



intervencionpolicial.com
Bueno, mi amigo acaba de dejar el coche a poner estas laminas anticacos, y le han comentado lo que yo imaginaba, si se empuja de afuera a dentro, la lamina no cede, pero si desde dentro se empuja afuera, sale como si fuera una manta, por lo que en accidente no es un impedimento.

Ademas no tinta las lunas, asi que esta semana que viene, a laminar el coche toca :)
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Notapor pepelu » Sab Feb 16, 2008 1:16 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
En cuanto a las laminas adhesivas tintada se le formularia denuncia al art 19 apartado 1 opcion 2A por Conducir un vehiculo cuya superficie acristalada no permite a su conductor la visibilidad diáfana de la via por colocacion de láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos autorizados.

La colocacion de láminas sólo está permitida en la luna trasera y en los vidrios traseros laterales, debiendo estar homologas.

Tanto la colocacion de cortinillas en la luna trasera del vehiculo como las lunas tintadas, obliga a llevar dos espejos tetrovisores exteriores eficaces. Si no los llevara se formularia denunca al art 19 apartado 1 por Circular con cortinilla contra el sol o laminas adhesivas en las ventanillas posteriores careciendo de los reglamentarios espejos retrovisores exteriores.

Los vehiculos llevarán a bordo un Certificado de Homologacion del Taller Instalador.

A tener en cuenta que si el vehiculo se encuentra matriculado antes del 20-06-2001 se le requerira factura o documento que acredite las laminas se hizo anterior a la entrada en vigor de la Orden 6-junio-2001 del Ministerio de Ciencia y Tecnologia (solo Certificado Homologacion del Taller) y si la matriculacion es posterior 20-06-2001 las laminas estaran homologadas.
pepelu
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